Foto: Ga am2, CC BY-SA 4.0 , via Wikimedia Commons

Por qué Zaldívar sí debería votar sobre la “Ley Zaldívar”

Ante la “Ley Zaldívar”, la Suprema Corte tendrá que contener al presidente, al Congreso y, ahora, también a sí misma. En esta decisión crucial, el ministro Zaldívar tiene una ruta para evadir la falsa neutralidad política y tomar la iniciativa contra el atropello a la Constitución.
AÑADIR A FAVORITOS
ClosePlease loginn

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debió contener los abusos del poder Ejecutivo y Legislativo decenas de veces este sexenio. Sin embargo, ha evitado el conflicto y dejado los asuntos más polémicos sin resolver. La “Ley Zaldívar”, aprobada por el régimen en este contexto de evasión del enfrentamiento, aumenta el desafío: la Suprema Corte tendrá que contener al presidente, al Congreso y, ahora, también a sí misma.

Esta ley viola abiertamente la Constitución para beneficiar al presidente de la Suprema Corte y a los seis consejeros de la judicatura, al ampliar el periodo de todos por dos años más de lo previsto. Según la Constitución, cada cuatro años la Suprema Corte elige a uno de sus once ministros para ocupar el cargo de presidente de ese tribunal, que también preside el Consejo de la Judicatura Federal. Los otros seis consejeros de la judicatura son elegidos por otros métodos, pero todos duran cinco años en el cargo.

La reforma viola la Constitución por varias razones. Primero, los legisladores invaden las facultades de la Suprema Corte para elegir a su presidente. Un órgano mayoritario pretende imponer al presidente del tribunal contramayoritario y a los consejeros que gobiernan a todo el Poder Judicial de la Federación.

Segundo, la reforma viola el principio de no reelección que rige al presidente de la Corte. Como el ministro Zaldívar lo ha dicho en casos anteriores similares al suyo, extender la duración de un funcionario en su puesto va en contra del principio de no reelección, viola de manera “grave” el principio democrático y es un “gran” fraude a la Constitución (los adjetivos son suyos).

((Véase el voto particular del ministro presidente Arturo Zaldívar en el caso Bonilla, disponible en este vínculo.
))

 

Tercero, la reforma viola una de las principales garantías de la independencia judicial, al permitir que los legisladores les regalen dos años a los funcionarios judiciales, quienes así le deberían su puesto a sus patrocinadores. Esto afecta el derecho humano de todas las personas a contar con instituciones imparciales que aseguren el acceso a la justicia.

((CIDH, Informe sobre Democracia y Derechos Humanos en Venezuela, Doc. OEA/Ser.L/V/II, Doc. 54, 30 de diciembre de 2009, párr. 187.
))

Esta garantía se pone en juego no solo para la Suprema Corte, sino para todos los juzgados y tribunales federales, que son gobernados por el Consejo de la Judicatura.

A pesar de que la reforma es claramente inconstitucional, el camino para invalidarla es largo, complicado e inseguro. Existen cuatro vías a través de los cuales puede anularse la ley. La más obvia es que el 33% de una de las Cámaras del Congreso o –cosa menos probable por su cercanía al régimen– la Comisión Nacional de Derechos Humanos presente una acción de inconstitucionalidad. Sin embargo, se necesitarían ocho de once votos en la Suprema Corte para que esta opción prospere.

La segunda vía, más problemática, pero que tiene una ventaja sobre la anterior, es que la reforma sea impugnada a través de juicios de amparo. El problema con esta opción es determinar quién tendría “interés legítimo” –un tecnicismo que limita la posibilidad de presentar un amparo solo a aquellas personas que se vean especialmente afectadas– para impugnar la reforma. Sin embargo, considero que algunas asociaciones de jueces y magistrados federales, colegios de abogados y organizaciones civiles encargadas de defender el Estado de Derecho podrían hacerlo. Además, tiene una clara ventaja sobre la acción de inconstitucionalidad: necesitaría seis votos en la SCJN, en lugar de ocho, para “inaplicar” la Ley Zaldívar con efectos generales. Es decir,  aunque se mantendría la validez formal de la ley, esta no podría “aplicarse” o implementarse porque violaría los derechos de las personas amparadas, lo cual tiene el mismo efecto práctico que invalidarla.

Una tercera opción, que ha pasado desapercibida en el debate público, es que algún ministro de la Corte presente su propio amparo en contra de la reforma. Alargar el periodo de Zaldívar por el resto del sexenio impide que sus compañeros se postulen en 2022 para competir por el puesto. Esto viola su derecho al voto en su aspecto pasivo: el derecho a ser votado.

Aquí es donde empiezan a surgir las paradojas. Es posible que la Suprema Corte sea quien resuelva las impugnaciones contra esta ley. Si un ministro se ampara, después tendría que resolver su propio amparo en el Pleno de la Corte. Al ser juez y parte, tendría que excusarse de la votación y dejar que sus compañeros resuelvan.

El mismo problema surge con todas las demás opciones. Independientemente de cuál sea la forma en que se impugne la ley, la Suprema Corte decidirá si debe invalidarse. El ministro Zaldívar, sin importar si la impulsó o no, tiene un claro interés en que subsista: esto le permitiría alargar dos años su presidencia en la Corte y el Consejo. Este “interés” es independiente de su moral personal: la situación en la que se encuentra genera incentivos privados incompatibles con la imparcialidad que debería garantizar un juez al resolver cualquier juicio. Por ello, en principio, debería excusarse de la votación y dejar que sus compañeros resuelvan.

Sin embargo, aunque los demás ministros no presenten un amparo, ellos también tienen un claro interés en que se invalide la ley, pues les permitiría competir para presidentes de la Corte en 2022. Así, la SCJN, encargada de vigilar que se cumpla la Constitución, es forzada a vigilarse a sí misma. Todos los jueces se convierten en parte, y la imparcialidad de la justicia constitucional, lograda a través de un cuidadoso diseño institucional –dividir al poder en partes para que unas vigilen a las otras–, regresa a su antigua paradoja: ¿quién vigilará a los vigilantes?

Esto reduce el problema a tres salidas: o todos los ministros se excusan de juzgar la Ley Zaldívar porque todos tienen un interés en juego, o ninguno de ellos se excusa porque hacerlo dejaría al caso sin tribunal. Hay una tercera salida “gradualista”, la que muchos exigen: solo Zaldívar se excusa porque tiene un interés más directo, pues la prolongación en su puesto depende exclusivamente de esa decisión. En contraste, los demás ministros no tienen un interés directo: el hecho de que sean o no presidentes de la Corte en 2022 depende no solo de que se anule la ley, sino también de que efectivamente se postulen para el puesto y que ganen el voto de sus compañeros.

Pienso que esta es la peor salida al trilema. Su gradualidad es dudosa: los demás ministros sí tienen un interés directo en el caso, porque de él depende su derecho a ser votados. Además, se necesitan ocho votos para invalidar esta ley. Aun si Zaldívar se ausenta de la votación, se necesitarán ocho votos para invalidarla. En términos prácticos, que vote en contra de la reforma o se ausente de la votación es lo mismo. Ausentarse solo tiene efectos negativos: evadir el costo político de que se convalide esta violación flagrante a la Constitución.

Entre las otras dos opciones, la respuesta me parece clara: es mejor tener un tribunal parcial que un caso sin tribunal. En un caso tan atípico como este, en donde el conflicto no se puede resolver con la simple aplicación de reglas preexistentes, lo más importante es garantizar el principio de independencia judicial, cuya captura podría llevar a al desmoronamiento de nuestro orden constitucional.

Esto puede lograrse a través de una cuarta vía para que se analice la ley, señalada por el magistrado Carlos Soto: que Zaldívar haga una consulta al Pleno de la SCJN para que, de oficio, estudie si la reforma viola o no la Constitución. Aunque este tipo de consultas son atípicas, ya se han realizado en nuestra historia constitucional. Con una consulta al Pleno de la Corte, el ministro Zaldívar evitaría una falsa neutralidad política y tomaría la iniciativa para evitar el atropello a nuestra Constitución.

El ministro Zaldívar ha promovido la reforma al Poder Judicial para disminuir la corrupción en nuestros juzgados y mejorar su independencia frente a injerencias políticas y económicas. La única postura congruente con esas aspiraciones es que ahora se oponga a la corrupción política que implicaría aceptar el regalo del Congreso que lo tienta a imponerse dos años más como presidente. Si el ministro se involucró en la política legislativa para garantizar la independencia judicial, ahora debe oponerse a la política legislativa para evitar que el Poder Judicial sea capturado.

+ posts

Consultor en Derecho Anticorrupción y litigio estratégico.


    ×

    Selecciona el país o región donde quieres recibir tu revista: