Todo empezó en 2011 en una reserva en Sulawesi, Indonesia, donde David Slater, fotógrafo de la vida salvaje, pasó tres días haciendo fotos de macacos. Al segundo día, tras varios intentos fallidos de hacer una toma con una lente gran angular, Slater decidió configurar la cámara para ver si podía lograr un close-up. Entonces los monos se relajaron y comenzaron a jugar con la cámara y a presionar el disparador. Uno de ellos hizo muecas y mostró los dientes a su propio reflejo en la lente. Así surgió la famosa selfie del macaco crestado.
La fotografía se viralizó y le permitió ganar a Slater, según él mismo relata, unos cientos de libras. En 2014 tuvo una primera disputa cuando Wikipedia se negó a dejar de usarla, argumentando que la selfie pertenecía al dominio público, aunque el falso titular dice que le pertenecía al mono. El fotógrafo se quejaba de que sus ingresos se veían mermados ya que cualquiera podía publicar la fotografía sin pagarle un centavo. Si la propiedad intelectual de dicha obra correspondiera a Slater (eso lo veremos más adelante), estaría en su derecho de restringir la utilización de su obra y cobrar por el uso que se le diera. Otra opción pudo haber sido licenciarla bajo alguno de los esquemas de creative commons, considerando que se trata de difusión de conocimiento sin fines de lucro (de acuerdo con Lawrence Lessig, tal difusión del conocimiento es un signo de esta era digital y debería ser fomentada en pos de la creatividad). Pero la molestia y merma económica que supuestamente le causó Wikipedia a Slater fueron apenas una piedra en el zapato en comparación con lo que vendría.
En 2015, el fotógrafo, junto con una editorial norteamericana y una compañía británica que comercializaron la selfie, fueron demandados en Estados Unidos por Naruto, el macaco que supuestamente tomó la fotografía. Obviamente el mono no actuó solo. PETA y Antje Engelhardt, quien fue su cuidador desde el nacimiento, lo representaron bajo la figura de next friends. En el caso, conocido como Naruto v Slater, la parte demandante argumentó que los demandados violaron los derechos de autor de la obra realizada por el macaco, quien era “altamente inteligente, (…) poseía pulgares oponibles, estaba acostumbrado a la gente y a las cámaras (…) y mediante una acción autónoma e independiente fue el autor de la selfie tomada en 2011”.
El resultado fue un strike cantado y el juicio fue desechado por considerar que la ley no reconoce el interés de un animal para promover un juicio de propiedad intelectual, ya que legalmente no puede ser considerado autor de una obra y por ende carece de dichos derechos. Como dato curioso, uno de los antecedentes mencionados en la resolución fue el juicio entablado en 2004 por la comunidad cetácea en contra del entonces presidente de los Estados Unidos George W. Bush, en el que se argumentaron violaciones a la Ley de especies en peligro de extinción y a la Ley de Protección de mamíferos.
Dado que se trató de un desechamiento, es decir que la demanda fue resuelta sin entrar al estudio de fondo del asunto, la pregunta de a quién le corresponde la autoría de la selfie quedó en el aire. Probablemente los demandados estaban tan ciertos de que la demanda planteada por PETA sería desechada que no argumentaron por qué Slater sí podría ser considerado autor de la foto, ni mencionaron el hecho de que la misma ya se encontraba registrada a su nombre en Estados Unidos y Reino Unido.
PETA (ahora sin Engelhardt) apeló el desechamiento de la corte. En septiembre de este año, varios medios informaron que la batalla por la selfie del macaco había terminado con una victoria para el humano (también informaron exactamente lo contrario), pero que éste había aceptado donar el 25% de cualquier ingreso futuro que genere la fotografía a organizaciones de caridad dedicadas a la protección del bienestar o el hábitat de Naruto. El titular es engañoso, ya que antes de llegar a una resolución las partes llegaron a un acuerdo y el juicio concluyó. Cuando se alcanza un acuerdo previo a la conclusión de un juicio no puede decirse que una de las partes resultó vencedora: más bien, ambas decidieron parar la batalla legal antes de que el costo y el tiempo siguieran aumentando, pero sin resolver la pregunta del millón.
Nos quedamos con las ganas de conocer el criterio de la corte en cuanto a la autoría de la selfie, pero había tres opciones:
1. Que Naruto fuera reconocido como autor, cosa improbable porque, como ya se mencionó, el macaco no es sujeto de derechos de autor.
2. Que la selfie fuera considerada del dominio público, cosa que puede ser correcta desde la perspectiva norteamericana.
3. Que David Slater fuera reconocido como autor, opción muy probable desde la perspectiva británica, ya que él hizo los ajustes necesarios a la cámara para que el macaco tomara la fotografía.
Conforme la tecnología avance y se busque que seres no humanos pero poseedores de inteligencia intervengan en creaciones artísticas, esta saga continuará.
Nació el mismo año que se estrenó Blade Runner. Abogada, especialista en tecnología y protección de datos.