La forma necesaria de la democracia

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Si un ciudadano planta un limonero y luego protesta porque los limones no saben a higos dulcรญsimos, es una vรญctima imaginaria. Lo que no puede evitar es que de sus ramas broten limones agrios.

Si la democracia resiste es porque la legalidad resiste. La declaraciรณn de validez de la elecciรณn presidencial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaciรณn (TEPJF) es la formalidad que concluye el proceso electoral, el punto y aparte de una legalidad en movimiento. Se cumplieron los plazos y las reglas procesales. La legalidad fue puesta a prueba. Dio cauce a las impugnaciones y resistiรณ la presiรณn de las desmesuras. Lo inรฉdito de la elecciรณn de 2012 es la argumentaciรณn de agravios constitucionales para invalidar la elecciรณn presidencial. Pero fue evidente, al menos desde una perspectiva jurรญdica, que entre los grandilocuentes agravios y las pruebas ofrecidas, el abismo era insalvable. Es vรกlida una parรกfrasis de Norberto Bobbio a propรณsito: ¿Quรฉ tiene que ver un puerco, dos cรณconos y tres chivas con la Constituciรณn?

Durante dos siglos ha sobrevivido, como uno de los demonios de la modernidad, la democracia formal. Le ha caรญdo encima una legiรณn de รกngeles difusos: democracia natural, democracia revolucionaria, democracia popular, democracia real, democracia social. Ahora se pregona un dilema ingenuo: democracia participativa vs.democracia electoralista. El peyorativo prueba el simplismo. Nadie sostiene hoy que la democracia se reduce a las elecciones, pero sin elecciones no hay democracia posible. La contradicciรณn democracia formal-democracia participativa se ha vuelto un clichรฉ acadรฉmico.

En su artรญculo de Vuelta “Por una democracia sin adjetivos” (1984), Enrique Krauze examinaba los adjetivos de la democracia e inauguraba un debate que sigue vigente y antecede a las numerosas reflexiones polรญticas que siguieron al derrumbe de los sistemas totalitarios y los autoritarismos. Durante dรฉcadas los intelectuales tuvieron la mirada clavada en la perfecciรณn polรญtica. No sin ascos y pucheros, un buen dรญa voltearon su mirada a la democracia. ¡La democracia, claro!

Los gobiernos del PRI tuvieron la decencia de utilizar un eufemismo para justificar la falta de democracia: democracia dirigida. La creencia de que los mexicanos no estรกbamos preparados para la democracia (elegir libremente a nuestros gobernantes, para empezar) es vieja y vejatoria. Es falsa. Lo es al menos desde fines del siglo XVIII. El patriotismo criollo militante y sus bases comunitarias hervรญan en el viejo agravio de autoridades locales impuestas.

Krauze suele recordar que el presidente Ruiz Cortines calificaba peyorativamente a los que defendรญan el sufragio libre con el mote de “mรญsticos del voto”. El ideรณlogo del liberalismo Jesรบs Reyes Heroles argumentaba, cuando era presidente del PRI, que no importaba tanto la elecciรณn democrรกtica de los representantes cuanto que ellos contribuyeran a la democratizaciรณn de la sociedad. La falacia era ya evidente en una dรฉcada en que las nuevas generaciones no se creรญan esos malabares retรณricos.

Con todo, la democracia llamada “formal” sigue en el banquillo de los acusados. Persisten los prejuicios y los simplismos. El prejuicio mayor mama en la fuente del viejo desdรฉn por las elecciones y el mรกs candoroso simplismo supone que la democracia formal no es real. En ambos casos se puede identificar un disimulado gesto de descrรฉdito. Los avances democrรกticos de dos dรฉcadas no han bastado para desdibujar el signo de la desconfianza electoral. Pero tambiรฉn algo queda de las palabras que Lenin escribiรณ en una carta dirigida a los miembros del comitรฉ bolchevique el 15 de septiembre de 1917: “No tenemos que dejarnos engaรฑar por las cifras de las elecciones: las elecciones no prueban nada […] La mayorรญa del pueblo estรก de nuestro lado.” La carta horrorizรณ a todos los que participaban en la Conferencia Democrรกtica, recordรณ Bujarin. Las cartas se quemaron, excepto una, que es la que cita el historiador britรกnico Orlando Figes en su obra La Revoluciรณn rusa  (2010). Se perdiรณ con esa carta la รบltima oportunidad de evitar la tragedia revolucionaria. En Mรฉxico, en 2012, estamos muy lejos de sufrir las condiciones de la Rusia de 1917, pero el menosprecio por las elecciones no ha desaparecido: se acuรฑaron matices democratizantes pero pervive el descrรฉdito a priori, sea que lo ejemplifiquemos con las temeridades de Monreal o con el estado de รกnimo del movimiento #yosoy132, que repiten la amenaza de impedir lo que llaman “imposiciรณn” de Peรฑa Nieto. No faltaron los que anunciaron un estallido social si el Tribunal declaraba la validez de la elecciรณn presidencial. Un cierto tufo de insurrecciรณn fue echado en un aire de por sรญ contaminado por el impacto cotidiano que nos produce la delincuencia organizada. Hablar de un estallido social es irresponsable. Estรก emparentado con el arte de la insurrecciรณn de hace un siglo. Su origen anarquista olea su hedor: “La multitud no sabe a dรณnde va. La calle nos organizarรก.” Tambiรฉn se puede leer como el famoso aux armes, citoyens.

La legalidad es la forma necesaria –pero no suficiente– de la democracia. No se puede defender la democracia si no se defiende la legalidad, mรกs aรบn en una democracia joven que ya sufre achaques seniles.

 

A vueltas con la legalidad

Hace tres aรฑos se publicรณ por primera vez una conferencia dictada el 21 de enero de 1940 por el procesalista civil florentino Piero Calamandrei: Fe en el derecho (Marcial Pons, 2009). Entre los comentaristas destaca Gustavo Zagrebelsky. La conferencia de Calamandrei, recuerda Zagrebelsky, “se ha conservado, cabrรญa decir, escondida en una carpeta sin ver la luz”. El tรญtulo mismo es polรฉmico. La expuso oralmente ante la Acciรณn Catรณlica florentina y tal vez el auditorio explica el tรญtulo, pero no deja de ser cierto que Calamandrei, con su radicalismo legal, intentรณ mostrar que la cultura cristiana tenรญa valores jurรญdicos positivos que, frente a las leyes raciales en Italia, eran sustratos que apoyaban su fe en el derecho, teniendo en la fe no la creencia ciega e irracional en principios intangibles e inmutables, sino el apego riguroso a la ley escrita y a sus procedimientos.

Seis dรญas despuรฉs de la conferencia, Calamandrei escribiรณ en su Diario  sus dudas fundamentales: “¿Pero estamos realmente en lo cierto al defender la legalidad? ¿Es verdad que para retomar el camino hacia la ‘justicia social’ hace falta reconstruir antes el instrumento de la legalidad y de la libertad?”

Ahora se pueden responder las dudas del jurista. Para empezar, la cultura jurรญdica de 1940 no es la misma de hoy y es evidente que el texto de la conferencia, siendo una apologรญa de la legalidad, en ninguna de sus lรญneas defiende la legalidad del sistema normativo del fascismo, lo que se demostrรณ con su participaciรณn en la oposiciรณn y la resistencia.

Bien interpretado a la distancia de siete dรฉcadas, la defensa de la legalidad de Calamandrei no es una simple defensa de formas puras, sino de sustancias referidas a principios y valores que hoy tenemos por fundamentales. Los estudios jurรญdicos de Espaรฑa y Amรฉrica Latina pertenecen a la tradiciรณn procesalista italiana, muy marcadamente a la obra de Calamandrei. Se le conoce en Mรฉxico antes de 1940, pero fue Niceto Alcalรก Zamora y Castillo el que difundiรณ ampliamente su obra durante sus estancias en Argentina y en Mรฉxico. (Tuve la suerte de charlar con don Niceto en su modesto cubรญculo del Instituto de Investigaciones Jurรญdicas de la UNAM. Mi interรฉs era la Segunda Repรบblica, pero la dulcedumbre y el refinado cauce de Alcalรก conducรญan al derecho procesal civil. “Si le interesa la polรญtica –dijo– estudie a fondo la teorรญa general del proceso.”)

El derecho procesal civil de Calamandrei estรก en la base de los principios, plazos y reglas procesales de la democracia. Un camino similar recorriรณ Norberto Bobbio. El futuro de la democracia es el fruto de su experiencia procesal. Uno y otro llegaron por ese sendero al constitucionalismo.

La lectura atenta de Fe en el derecho nos ofrece una idea distinta a la de su รฉpoca, mรกs cercana a la legalidad que defendemos en Mรฉxico. La nociรณn del debido proceso y la del Estado de derecho cobijan la defensa de la legalidad democrรกtica.

No podemos dar vuelta a la pรกgina a las elecciones de 2012 sin antes haberla leรญdo y comprendido. La aceptaciรณn democrรกtica de las resoluciones del TEPJF no es –no pretende ser– una especie de fin de la historia o punto final. Ahora debe seguir una minuciosa revisiรณn de las imperfecciones de nuestra democracia. En el ambiente sobresale el reiterado problema del financiamiento de las campaรฑas. En nuestro sistema el financiamiento privado no debe ser en ningรบn caso superior al financiamiento pรบblico. Este imperativo legal es el mรกs ingenuo de los autoengaรฑos. No necesitamos al Padre Brown para saber que el dinero privado es, con mucho, mรกs alto que los recursos pรบblicos aprobados y fiscalizados. Sin embargo, el IFE carece de capacidad para cuantificar el monto total de los recursos que juegan en la competencia electoral. El dinero del narcotrรกfico que financia campaรฑas no es un cuento de hadas. El especialista Edgardo Buscaglia declarรณ que el 70.5% de los municipios del paรญs estรก controlado por la delincuencia organizada. La afirmaciรณn, como tantas otras que punzan la banalidad gubernamental, es temeraria, pero no conviene descalificarla, sino impetrar en sus tinieblas.

Pienso en un pacto polรญtico que acuerde la integraciรณn de una especie de comisiรณn de la verdad y cuya tarea consista en indagar minuciosamente los agravios democrรกticos de los procesos electorales de 2012. Llevada a cabo con imparcialidad, serenidad y exactitud, los resultados podrรญan abonar a la concordia y a corregir los peores defectos electorales de nuestra democracia. Los nuevos derechos polรญticos (los teรณricos los llaman formas de democracia semidirecta) y las reformas que amplรญen la “democracia participativa” deben formalizarse en instituciones, reglas, requisitos, procedimientos. En nuevas formas de legalidad. ~

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(Querรฉtaro, 1953) es ensayista polรญtico.


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