Ley Telecom en litigio

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La mitad de los mexicanos tiene acceso a variadas y cada vez más espléndidas opciones de consumo audiovisual. Este año la mitad de las familias mexicanas contará con algún servicio de televisión de paga y aproximadamente también el 50% de los mexicanos dispondrá de conexión a internet –aunque la mitad de ellos en el trabajo, en escuelas o en sitios de paga, pero no en sus hogares. La televisión a la carta, el consumo audiovisual casi personalizado, las narrativas transmediáticas y el futuro digitalizado que de manera tan atractiva se describió en el número de febrero de Letras Libres involucra a la mitad de los mexicanos. A la otra mitad, todavía no.

Por eso es tan importante la construcción de reglas para que en telecomunicaciones y radiodifusión tengamos la diversidad de opciones, el contraste y la competencia y la regulación de las que hemos carecido en nuestro país. La reforma constitucional promulgada en junio de 2013 atendió esas necesidades. Más oferta en televisión abierta, nuevos medios públicos, derechos de usuarios de telefonía y espectadores de radiodifusión, reglas para acotar consorcios dominantes y propiciar competencia, organismo regulador con fuerza necesaria para fiscalizar a las grandes corporaciones, internet en todo el país… esas y otras decisiones, respaldadas por los tres partidos nacionales y el gobierno, resolvieron vacíos legales que hemos padecido durante décadas y crearon un nuevo contexto para las telecomunicaciones.

Pero la Constitución debe ser reglamentada. La Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión que propuso el presidente Enrique Peña Nieto y que el Congreso discutía en los últimos días de abril tuvo demasiados contraluces y en algunos temas resultó contradictoria con diversas disposiciones constitucionales.

Los dos principales consorcios de ese ramo se dijeron afectados por ella. Telmex y Telcel se quejaron por la imposición de cuotas de interconexión que consideran agraviantes para sus utilidades; no recordaron que la extensa red que tienen por todo el país ha crecido gracias a tarifas altas (si se les compara con los precios de tales servicios en otros países) y a la debilidad de otras empresas telefónicas. A su vez, entre otros reclamos, Televisa rechazó las multas señaladas en la propuesta1 y se opuso a que los medios comunitarios y públicos obtengan ganancias por la venta de publicidad.

Las querellas de esos consorcios ratifican la debilidad de las normas que México ha tenido en el campo de las comunicaciones.2 El crecimiento de Telmex y Telcel, que manejan ocho y siete de cada diez líneas telefónicas alámbricas e inalámbricas respectivamente, devino en debilidad de sus competidores, pero sobre todo en tarifas caras y servicios malos –la lentitud de las conexiones a internet mantiene a México rezagado en los indicadores internacionales de conectividad.

Al mismo tiempo Televisa, que tiene seis de cada diez estaciones de televisión comercial, ha bloqueado junto con Televisión Azteca cualquier competencia que se les presente. Por eso se oponen a que los suscriptores de Telmex reciban televisión de paga por el cableado telefónico.

Las prácticas monopólicas han sido motivo en diversos países, entre ellos Estados Unidos y los miembros de la Unión Europea, de medidas para acotar el crecimiento de las grandes corporaciones en el campo de las telecomunicaciones. La reforma constitucional en el Transitorio viii prevé un tratamiento especial para los consorcios que serían considerados como preponderantes cuando alcancen más de la mitad de usuarios, suscriptores, audiencia, tráfico o capacidad de tráfico en sus redes. La iniciativa presidencial ratifica esos motivos de preponderancia en el terreno de las telecomunicaciones, pero para la radiodifusión menciona únicamente el criterio de audiencia. Esa modificación beneficia a Televisa, que tiene la mayor parte de las estaciones de televisión comercial en el país, pero no necesariamente a más de la mitad de la audiencia.

La iniciativa de Peña Nieto incluyó normas regresivas como las que acentúan la presencia del gobierno en el control de los medios de comunicación. La supervisión de contenidos en televisión y radio, pero además el establecimiento de las reglas para publicidad, clasificación de programas y supervisión de mensajes engañosos, entre otros temas, estarían a cargo de la Secretaría de Gobernación a pesar de que el artículo 28 de la Constitución asigna al Ifetel (Instituto Federal de Telecomunicaciones) “la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico”. Entre la regulación a cargo del gobierno y la aplicación de la ley por parte de un organismo autónomo como el Ifetel, esta última opción resulta preferible.

Como resultado de otra medida en esa iniciativa, los proveedores de servicios de internet deberían bloquear contenidos a petición de cualquier autoridad y las procuradurías de justicia podrían ordenar la intercepción de llamadas telefónicas y la localización de personas a través de dispositivos celulares, en ambos casos sin que fuese necesaria una instrucción judicial.

Pero quizá, más que por su contenido, la propuesta de Peña Nieto resultó preocupante por sus omisiones. A los medios de radiodifusión pública los ignoró excepto para señalar que únicamente podrían vender espacios para patrocinios y no anuncios comerciales. Por otra parte atendió la instrucción constitucional para crear un sistema nacional de radiodifusión pública pero no precisaba que tal organismo tendría a su cargo una nueva cadena de televisión nacional. Aunque el artículo 6º de la Constitución indica que ese organismo debe ser autónomo, la iniciativa de Peña lo supeditaba a la Secretaría de Gobernación.

La propuesta del presidente fue rechazada por los dirigentes nacionales del PAN y el PRD el mismo día que se presentó, pero su destino dependía de la decisión del pri que, con algunos aliados, podía reunir la mayoría necesaria para aprobarla. A la fecha en que se escriben estas líneas la iniciativa acumulaba numerosas objeciones, entre ellas las del propio Instituto Federal de Telecomunicaciones. Si a pesar de esas opiniones críticas el Congreso aprueba la propuesta presidencial sin modificaciones sustanciales, la nueva Ley de Telecomunicaciones tendría riesgosas debilidades frente a las disposiciones constitucionales. Las inconformidades tendrían que llegar a la Suprema Corte de Justicia. Y el desarrollo de las telecomunicaciones seguiría dilatado por la ineficacia de las normas, como tantas veces en la historia reciente. ~

 

 

 

 

 

 

 

1 El catálogo de multas es muy amplio y va desde entre el 0.01% al 0.5% de los ingresos de la empresa infraccionada por presentar informes de manera extemporánea, hasta entre 4.1% y 5% de los ingresos de quien preste servicios de telecomunicaciones o radiodifusión sin tener concesión, o a quien sin causa justificada suspenda servicios en una población en donde sea el único proveedor de ellos.

2 Las normas además son demasiado arcaicas. La Ley Federal de Radio y Televisión tiene 54 años y fue redactada cuando no había sistemas satelitales ni comunicaciones digitales. La de Telecomunicaciones está por cumplir dos décadas.

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Investigador en el IIS de la UNAM.


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