Entre los logros de estos años está el de haber extendido la sospecha sobre casi todo: la degradación y la desconfianza son el legado de este tiempo bajo y deshonesto. Los expertos debaten sobre la conveniencia de la suspensión cautelar del derecho de voto de algunos de los nacionalizados por la llamada ley de nietos o, para ser más precisos, por la instrucción que extendía su alcance, y sobre las posibles soluciones al embrollo. Han publicado artículos excelentes Miguel Presno Linera y Diego Gómez; y observaciones muy interesantes Antonio Peña Freire y Gabriel Doménech. Hay Derecho tuvo un debate muy instructivo. Josu de Miguel, el primero en detectar el problema, ha descrito el lío tremendo en el que nos podemos encontrar.
El argumento más intuitivo contra la idea de la manipulación premeditada subraya paradójicamente la tropelía que ha causado el problema. La disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática dice que tienen derecho a la nacionalidad española los descendientes de quienes la perdieron tras exiliarse por razones políticas, ideológicas, de creencia, orientación e identidad sexual. En la tramitación de la ley se rechazó una enmienda de Ciudadanos que extendía esa opción a los hijos y nietos de españoles que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española. Cinco días después de que se aprobara la ley, una instrucción extendía su alcance a los descendientes de todos aquellos que hubieran dejado el país entre 1936 y 1955: se presume que todos son exiliados. Así, se habla de la memoria, pero se practica la amnesia. Seguramente era difícil acreditar la motivación del exilio, pero esa no era la manera de arreglarlo. La instrucción no solo iba más allá de lo que le correspondía, rompiendo la jerarquía normativa, sino que además hacía lo contrario de lo que había decidido el Parlamento. Esa instrucción irregular es un abuso antidemocrático.
Y eso, sin entrar en las consecuencias, como la multiplicación de los descendientes de exiliados que se ha producido al eliminar la necesidad de presentar prueba, digna del milagro de los panes y los peces, o el disparate del método de la asignación provincial.
Otra cuestión es si personas que no han tenido ningún vínculo con España, que no han residido aquí ni piensan hacerlo, deben poder votar en las elecciones. No es así en otros países, como Alemania o Irlanda; algunos, como Italia, tienen una circunscripción exterior. Parece más lógico facilitar que puedan participar en las elecciones quienes sufren sus consecuencias, como los residentes extranjeros. Toni Timoner ha repasado en Agenda Pública las diferencias de España con otras democracias y ha señalado que “España es la única que entrega a un ciudadano sin arraigo la llave de una provincia concreta”. Que los defensores de esta chapuza esgriman argumentos (es un decir) cargados de moralina y sentimentalismo sirve sobre todo para intranquilizar al más calmado.
Publicado originalmente en El Periódico de Aragón.
Cuadro tomado de aquí.