El miedo a la libertad (sindical)

Sin libertad sindical, la organización independiente de los trabajadores enfrente un futuro más que incierto, sobre todo ahora que empieza a haber signos de una recomposición de las viejas centrales oficiales en torno al nuevo gobierno. Retomar la lucha por la libertad sindical no es solo una opción estratégica, es un asunto de supervivencia
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La Organización Internacional del Trabajo define a la libertad sindical como el derecho de los trabajadores y empleadores “sin ninguna distinción y sin autorización previa… de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.”[1] Este Primero de Mayo y todos los días es importante recordar que en México los trabajadores no pueden ejercer en la práctica su derecho constitucional a la libertad sindical. De todos los obstáculos que patrones, gobierno y sindicatos corruptos han puesto en el camino de la organización de los trabajadores ninguno ha sido tan devastador para la defensa de sus intereses como la miríada de mecanismos legales y extralegales empleados para frenar la formación de sindicatos  y proteger a ultranza a sindicatos que no representan a sus agremiados.

La falta de libertad sindical es un producto directo del viejo corporativismo mexicano. Legalmente, el ejercicio del derecho a la libertad sindical, tal y como fue establecido en la fracción XVI del Artículo 123 de la Constitución y luego consagrado en las normas de la OIT,  no depende del permiso de ninguna autoridad, sino que se deriva exclusivamente de la voluntad de los trabajadores. En México, sin embargo, la reglamentación del Artículo 123 fue cambiando los términos de la ecuación. Aunque los artículos 357 a 359 de la LFT reafirman el principio constitucional de la libertad sindical, los Artículos 365 al 368, sobre los requisitos para la obtención del registro sindical, se han convertido en un arma a disposición de las autoridades para cancelar en la práctica su ejercicio. De esta manera, es el registro sindical (un acto de la autoridad) y no la voluntad de los trabajadores de formar un sindicato lo que produce efectos legales.

En nuestros días, cualquiera que haya intentado registrar un sindicato de nueva creación sabe que la autoridad siempre encontrará alguna forma de parapetarse tras la lista de requisitos para demorar al infinito el otorgamiento del registro sindical. A menos, claro, que de antemano se cuente con el patrocinio de alguna autoridad competente, en cuyo caso, los registros sindicales pueden obtenerse de manera expedita, como lo demuestra el auge de sindicatos de protección desde los años 80, entre los que destaca el imperio forjado por Ramón Gámez a través de su relación con el ex-Secretario del Trabajo, Arsenio Farell Cubillas.

La limitación de la libertad sindical es ante todo un acto político. Su objetivo es restringir la gama de ofertas para la representación de los trabajadores. Hubo una época en que la izquierda, sobre todo comunista, estuvo muy de acuerdo en limitar el ejercicio de la libertad sindical en aras de una idea mítica de “unidad” de la clase trabajadora. En esta visión, la proliferación de opciones sindicales, algunas de las cuales eran impulsadas directamente por la patronal, como los históricos sindicatos blancos regiomontanos, traería como consecuencia la atomización del movimiento obrero y su debilitamiento tanto en los centros de trabajo como en la esfera política. Paralelamente a la consolidación de los mecanismos para limitar la libertad sindical se fue desarrollando el proceso para la unificación sindical que llevó a la creación de la CTM en 1936, con la destacada participación del Partido Comunista. Consolidado el “charrismo” sindical hacia finales de los 40 y desplazada la izquierda de los órganos de dirección, las décadas siguientes constituyeron los años maravillosos del corporativismo sindical mexicano, el reino de Fidel Velásquez, Napoleón Gómez Sada, y otros próceres obreros.

El temor a la “atomización” mantuvo a las corrientes mayoritarias de la  izquierda lejos de la reivindicación de la libertad sindical, la cual sólo fue retomada por el sindicalismo blanco en su lucha por expandirse más allá de su bastión neoleonés, y el muy minoritario sindicalismo social-cristiano, que tuvo expresión orgánica desde 1960 con la creación del Frente Auténtico del Trabajo, sin duda la organización que más tiempo ha mantenido encendida la flama de la libertad sindical en México.

Durante la llamada “insurgencia obrera” de los años 70, varias de las movilizaciones más emblemáticas de la izquierda buscaron ante todo crear nichos de sindicalismo independiente, como en las universidades y en la industria automotriz, y forzar el reconocimiento oficial de las organizaciones que iban creando a través de la movilización política y/o la negociación directa con el gobierno. Tal fue el caso del STUNAM y la Unidad Obrera Independiente, del controvertido Juan Ortega Arenas, por citar tan solo dos ejemplos. En otros casos más, surgieron movimientos de base en varios centros de trabajo, que en su gran mayoría no lograron sacudirse el yugo del charrismo sindical al recibir de lleno toda la fuerza combinada de dirigentes oficialistas, autoridades y patrones, través de mecanismos, como las cláusulas de exclusión, los recuentos sindicales amañados, y los despidos masivos, que convirtieron a la libertad sindical en un precepto de papel. Fue a partir de esa última experiencia en los años de la insurgencia obrera que la demanda de libertad sindical fue retomada por el sindicalismo independiente de izquierda en México. Sin embargo, hubo que esperar a que una parte del sindicalismo oficial recibiera también la bofetada gobierno-patronal en la forma de contratos de protección en su industria, como les sucedió a los telefonistas, o en la cancelación de la toma de nota de su dirigencia, como les ocurrió a los mineros, para que la demanda por la libertad sindical abarcara a un amplio espectro del sindicalismo mexicano.

La libertad sindical estuvo conspicuamente ausente en la pasada reforma laboral. La UNT y otras organizaciones que venían promoviendo una agenda legislativa al respecto no lograron reactivar el tema en la discusión pública sobre la reforma y, como resultado, los trabajadores mexicanos se enfrentan ahora a una mayor flexibilización laboral sin la posibilidad de organizarse autónomamente para hacerle frente en los centros de trabajo. Sin libertad sindical, la organización independiente de los trabajadores enfrente un futuro más que incierto, sobre todo ahora que empieza a haber signos de una recomposición de las viejas centrales oficiales en torno al nuevo gobierno. Retomar la lucha por la libertad sindical no es solo una opción estratégica, es un asunto de supervivencia.



[1]Convenio 87 de la OIT sobre la libertad sindical y el derecho de sindicalización, aprobado en 1948 y ratificado por México el 1 de abril de 1950.

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Politólogo, egresado de la UNAM y de la New School for Social Research.


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