Bajo la consigna #QueSigaAmlo, se lleva a cabo en estos días la campaña para la promoción de un ejercicio sin sustento ni fundamento legal. Y es que, en los volantes y promocionales de asociaciones civiles como Que siga la democracia y Que siga el presidente, se pide la firma de la ciudadanía en las vías y plazas públicas para iniciar el proceso de ratificación del mandato que los mexicanos, por mayoría de voto, otorgaron a Andrés Manuel López Obrador el día 2 de julio de 2018. Este mandato fue ratificado mediante la toma de protesta ante el Congreso de la Unión el día 1 de diciembre de ese mismo año, cuando el hoy presidente juró cumplir y hacer cumplir las leyes mexicanas. En ellas se establece que el período para el cual le fue concedido tal mandato abarca un período de cinco años y diez meses. Ni un día más, ni un día menos.
Sin embargo, en diciembre de 2019 se aprobó la reforma constitucional a partir de la cual la ciudadanía puede revocar el mandato dado al presidente de México, solicitando la conclusión anticipada del cargo por motivo de pérdida de confianza. El artículo 35, fracción IX constitucional establece como derecho de la ciudadanía participar en los procesos de revocación del mandato. Y la Ley Federal de Revocación de Mandato (LFRM), publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 14 de septiembre, establece como su objeto regular y garantizar el ejercicio del derecho político de las ciudadanas y ciudadanos a solicitar, participar, ser consultados y votar para revocar del cargo a la persona titular de la Presidencia de la República a partir de la pérdida de la confianza.
Hay que decirlo de manera lisa y llana: invitar a la ciudadanía a firmar para solicitar la ratificación del cargo de presidente a López Obrador es un engaño impulsado desde la propia dirigencia del partido oficialista y que nos va a costar 3 mil 830 millones de pesos. Este gasto, en términos del artículo 134 constitucional, no cumple con los principios de eficiencia, eficacia y economía a que debe sujetarse el ejercicio del gasto público, al ser innecesario ratificar al presidente en su encargo, toda vez que la ratificación no se contempla ni se considera en ningún artículo de ninguna ley secundaria, pues de hecho, no existe ni en la Constitución. Al mismo tiempo, la realización de este ejercicio pone innecesariamente entre la espada y la pared al Instituto Nacional Electoral, ante el recorte presupuestal del que fue objeto en el presupuesto para 2022.
La dinámica disfuncional en que la celebración de la Consulta para Revocación de Mandato tiene envuelta a la ciudadanía se origina en varias inconstitucionalidades. La primera de ellas es la indebida aplicación retroactiva de preceptos legales con el fin de beneficiar a un individuo en específico. La reforma del artículo 35 fracción IX constitucional se hizo en 2019, por lo que no sería aplicable a al actual mandatario, elegido en 2018. Lo mismo ocurre con la LFRM, vigente a partir de septiembre del año 2021, y que se aplicará a favor de un presidente que fue electo tres años antes. Estas son flagrantes violaciones al artículo 14 constitucional, que prohíbe dar a una ley efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna (en este caso, millones de electores). De atenderse este precepto, la primera consulta para revocación de mandato debería llevarse a cabo en 2028, durante los primeros tres meses posteriores a la culminación del tercer año de gobierno del presidente que tome protesta en 2024.
Pero no solo el presidente y su partido son responsables absolutos de este caos. El día 3 de septiembre de este año, el pleno del Senado aprobó la LFRM. Con 101 votos a favor y 2 en contra, el pleno acordó que la pregunta que será objeto del proceso es “¿Está usted de acuerdo en que a (nombre), Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o que siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.
La inclusión de la disyuntiva en la segunda parte de la pregunta es total y absolutamente inconstitucional, ya que de la simple lectura del mencionado artículo 35 fracción IX queda claro que la herramienta democrática para que los ciudadanos y ciudadanas puedan evaluar el desempeño del Titular del Ejecutivo Federal tiene como objetivo la cancelación anticipada del encargo por la pérdida de la confianza: en ningún caso aboga por el refrendo de la confianza y, como consecuencia de esto, la ratificación y permanencia del Presidente en turno en el cargo.
Los senadores de oposición incluso celebraron ante la opinión pública el haber convenido con la mayoría oficialista el “respeto” al texto constitucional, al lograr que en la pregunta se incluyera la palabra “revocación” (que es precisamente lo único que establece la Constitución). Y es que los senadores de Morena presentaron como propuesta para la pregunta únicamente lo concerniente a la ratificación, y la palabra “revocación” se incluyó bajo el compromiso formal de que ningún senador acudiría ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a impugnar la ley secundaria, a fin de que, efectivamente, este ejercicio pueda realizarse en 2022, tal como lo exige el presidente López Obrador.
El 14 de octubre, por otro lado, el bloque de oposición en la Cámara de Diputados presentó ante la SCJN una acción de inconstitucionalidad, al considerar que la ley secundaria propuesta es contraria a la Constitución. Transcurrido poco más de un mes desde que este bloque presentó la acción de inconstitucionalidad, la SCJN sigue sin resolver dicha acción.
Luego de más de un año de una crisis sanitaria que ha tenido consecuencias económicas, de acceso a la salud y académicas, en buena parte agravadas por las decisiones que ha tomado este gobierno, crear un conflicto innecesario entre ciudadanos que se necesitan unos a otros para salir adelante es poco menos que perverso. Más, si este conflicto es creado para que el presidente en funciones tenga pretexto suficiente para mantenerse en campaña de cara a las elecciones de seis gubernaturas en el 2022, y para empezar a preparar la campaña presidencial para el 2024.
La solución, afortunadamente, es sencilla y está al alcance de la mano: hay ocasiones en que no hacer también es hacer, y esta es una de ellas. Si usted, apreciable lector, está a favor de respetar la Constitución y evitar el gasto frívolo y superfluo de recursos, no participe en absolutamente ninguno de los actos que tienen que ver con una revocación hecha para complacer al presidente, que utiliza para su beneficio su mayoría política en el Congreso. Si está por la permanencia del presidente en el poder hasta el 2024 –la supuesta ratificación por la que pretenden que usted firme la solicitud para revocarle, tan absurdo como se lee–, tampoco se preocupe. El presidente ya está, de hecho, ratificado para seguir en el cargo hasta el 30 de septiembre de 2024.
es licenciada en derecho con especialidad en derecho fiscal por la UDLAP. Activista en favor de la cultura de la legalidad.