Tenemos que hablar del financiamiento público a partidos políticos y campañas

Las elevadas sumas que reciben los partidos para llevar a cabo sus actividades causan enojo. Para evitar la indignación cíclica, es necesario revisar de manera constante la fórmula que sirve para calcular esas montos.
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Desde que el Instituto Nacional Electoral (INE) dio a conocer que el Proyecto de financiamiento para las actividades ordinarias y de campaña de partidos políticos y candidatos independientes que contenderán el próximo año por la presidencia, diputaciones federales y senadurías contempla un presupuesto de 6 mil 788 millones de pesos, la indignación pública no se ha hecho esperar.

En la primera plana del 20 de agosto, el periódico Reforma señalaba que con ese monto los partidos recibirían “un millón 34 mil 302.45 pesos cada hora” y que “en comparación con el de 2000, implica un alza de 150 % real”. Y aunque los dos datos no son del todo precisos (en el año 2000 los partidos recibieron por gastos de campaña $1,500,456,125 que a precios de 2017, con la inflación actualizada, representarían más de 3,000 millones de pesos), sirven para ilustrar y alentar el malestar que sentimos frente a las cantidades de dinero público que México gasta en una de sus instituciones más desprestigiadas: los partidos políticos.   

La indignación que ha generado este financiamiento es totalmente justificada, pero –como bien lo ha señalado Luis Carlos Ugalde– preocupantemente cíclica, pues el INE no hace más que calcular una fórmula de financiamiento que desde 2007 (¡desde hace 10 años!) está plasmada en el artículo 41 de nuestra constitución.

Antes de 2007, el financiamiento público a los partidos se guiaba por una complicada fórmula del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe, 1996) con la que el Consejo General del Instituto Federal Electoral determinaba anualmente, con base en los estudios que le presentaba el Consejero Presidente, los costos mínimos de una campaña para diputado, de una para senador y para la de presidente.[1] Y, en año de elección, a cada partido político se le otorgaban para gastos de campaña, un monto equivalente al financiamiento público que recibía para sus actividades ordinarias de ese año. Así, el financiamiento de partidos y campañas de 2000 y 2006 fue de:

 

En 2007, Manlio Fabio Beltrones, a nombre de la Comisión Ejecutiva de Negociación y Construcción de Acuerdos del Congreso de la Unión, presentó una iniciativa que reformaba diversos artículos de la constitución con el fin, entre otras cosas, de reducir el financiamiento público de las campañas electorales en un 70% cuando se renueve únicamente la Cámara de Diputados, y en 50% cuando se renueve el Poder Ejecutivo y ambas cámaras del Congreso; disminuir el gasto público para actividades ordinarias de los partidos y acortar la duración de las campañas presidencial, de senadores y de diputados. 

Las fórmulas de financiamiento que quedaron plasmadas en la Constitución cumplían con ciertos mínimos que en 2003 Woldenberg y otros siete consejeros del Consejo General del IFE habían mandado al Congreso y fueron examinadas por analistas que reconocían la importancia de reducir el financiamiento. Con la nueva fórmula[2], el financiamiento público de los partidos y campañas de 2012 fue de:

Y con esa misma fórmula se ha calculado el financiamiento de 2018:

Diez años después de la reforma constitucional, resulta que la reducción del financiamiento no solo no es significativa, sino que además, desde 2014, con la aprobación de la Ley General de Partidos Políticos, el financiamiento en los estados se rige bajo la misma fórmula, por lo que los partidos políticos “tendrán 5 mil 130 millones más repartidos por los institutos electorales locales”. Pero indignarse cada año o cada campaña presidencial por las cantidades de dinero que se gasta en nuestro sistema de partidos es inútil si no se toman acciones para modificar la fórmula del financiamiento, y para ello lo primero que habría que hacer es sacar ese cálculo de la Constitución. Mantenerlo ahí, como ha señalado Ana Laura Magaloni, significa “hacerlo intangible[3] para el debate legislativo y, por lo tanto, también para los ciudadanos que con sus votos determinan la composición del parlamento”.

En Alemania, la regulación del financiamiento de partidos y campañas es conocida como la “legislación interminable”, porque no existe el modelo de financiación ideal y hay que revisarlo periódicamente atendiendo la viabilidad política, criterios técnicos y coyunturas específicas. La mejor fórmula de financiamiento es aquella que puede revisarse y modificarse cuando aparecen sus inevitables defectos.       

 

[1] El costo mínimo de una campaña para diputado se multiplicaba por el total de diputados a elegir y por el número de partidos políticos con representación en las Cámaras del Congreso de la Unión.
El costo mínimo de una campaña para senador se multiplicaba por el total de senadores a elegir y por el número de partidos políticos con representación en las Cámaras del Congreso de la Unión.

El costo mínimo de gastos de campaña para Presidente se calculaba así: El costo mínimo de gastos de campaña para diputado se multiplicaba por el total de diputados a elegir por el principio de mayoría relativa, dividido entre los días que dura la campaña para diputado por este principio, multiplicándolo por los días que dura la campaña de Presidente.
La suma del resultado de estas operaciones constituían el financiamiento público anual a los partidos políticos por sus actividades ordinarias permanentes.

[2] El financiamiento público se fija anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el 65% del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. El 30% de la cantidad que resulte se distribuye entre los partidos políticos en forma igualitaria y el 70% restante de acuerdo con el porcentaje de votos que obtuvieron en la elección de diputados inmediata anterior. El financiamiento público para las campañas durante el año en que se elijan Presidente de la República, senadores y diputados federales, equivale al 50% del financiamiento público que le corresponda a cada partido político por actividades ordinarias en ese mismo año. Cuando sólo se elijan diputados, equivaldrá al 30% de dicho financiamiento por actividades ordinarias.

[3] “Para modificar cualquiera de estas cuestiones se requiere de acuerdos políticos extraordinarios, en donde, por definición, dado el proceso agravado de reforma constitucional, la minoría pesa más que la mayoría. En el caso de México, una tercera parte más uno de alguna de las Cámaras tiene la posibilidad de vetar cualquier cambio. También lo pueden hacer 50 por ciento más uno de las legislaturas estatales”.

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Es politóloga, periodista y editora. Todas las opiniones son a título personal.


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