Acceso post-mortem a emails

Si estamos muertos, ¿debería importarnos que alguien quiera entrar a nuestro mail?

Fuera de las diferencias entre sistemas legales y del vacío legal que enfrentan la mayoría de los países respecto del acceso post-mortem a emails, lo cierto es que la posibilidad de exponer la vida de una persona, célebre o no, mediante la totalidad de sus emails resulta cuestionable.
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Seis años después de su fallecimiento en 2004, la totalidad de los emails contenidos en la cuenta de correo de Susan Sontag (unos 17,198 para ser exactos) podían ser consultados en la sala de lectura de la colección especial de la UCLA. Lo mismo ocurrió con David Foster-Wallace, quien falleció en 2008 y solo dos años después la Universidad de Texas ya contaba con el archivo entero de sus emails para consulta. Aunque la utilización del email no es nada nuevo (en la entrega anterior mencionamos que el email tal vez es uno de los primeros bienes digitales que usamos), su archivo por parte de las universidades fue algo novedoso que, por un lado, permitía una especie de aleph sobre la obra de los escritores (de Susan Sontag podríamos ver no solo su escritura crítica y profunda, sino los mails cuyo asunto era “whassup?”) y, por el otro, daba pie a cuestionar qué tanto de este acceso total a la cuenta de email invade la privacidad de sus los titulares y, tal vez, de terceras personas.

Pero bueno, si no somos escritores o personajes trascendentes, ¿debería importarnos que alguien quiera acceder o acceda a nuestro email después de nuestra muerte? Si tenemos una cuenta de email y tomamos en cuenta que valar morghulis, yo diría que sí. Para muestra el siguiente caso, que es ejemplo seminal de las complicaciones del acceso post-mortem a dicho bien digital: En 2004,  Justin Ellsworth, un marine estadounidense de 20 años, falleció en combate en Fallujah. Fue entonces cuando su padre, John Ellswort, quiso obtener todos los emails que Justin había enviado y recibido mientras estuvo en la guerra, con la finalidad de hacerle un homenaje. Justin tenía cuenta de email con Yahoo, así que su papá le pidió a dicha empresa que le diera acceso. De principio, Yahoo se negó argumentando que por cuestiones de privacidad no podía revelar el contenido de la cuenta y que dicha decisión se encontraba soportada contractualmente en la cláusula que señala que la cuenta de Yahoo es intransferible, que cualquier derecho relacionado con la cuenta termina con la muerte del titular, momento en que el contenido del email puede ser borrado (ojo: en la traducción al español esa parte no se ha actualizado)[1]. Fue entonces cuando  John Ellsworth buscó una orden judicial para acceder a la cuenta. La decisión en este asunto fue salomónica: el juez ordenó a Yahoo que le diera al padre de Justin una copia en papel de todo el contenido del email y un respaldo en CD, pero sin revelar la contraseña. ¿Qué tan deseable es que alguien escudriñe toda tu vida en mails? Esta solución probablemente estuvo pensada para evitar suplantación o robo de identidad, pero dejó muchas incógnitas respecto de la privacidad y el acceso post-mortem.

Con el caso de Yahoo queda claro que la compañía puede eliminar una cuenta entera al momento de la muerte de titular de la cuenta, aun si esta contiene correos que cumplan con los requisitos necesarios para ser considerados sujetos a protección intelectual. Es decir, puede borrar de tajo emails sobre los que el titular tiene derechos de propiedad y sobre los que sus herederos también tendrían derechos.

Por lo que hace al tema de privacidad, en sistemas legales pertenecientes al common law, como Reino Unido, tradicionalmente se ha considerado que el derecho a la privacidad termina con la muerte. De hecho, la UK Data Protection Act (Ley de Protección del Reino Unido) define datos personales como la información relacionada con personas vivas que pueden ser identificados a partir de dicha información. Por lo tanto, solo las personas vivas son sujetas de protección de datos personas aunque podría haber una excepción en caso de que la necesidad de mantener alguna información privada esté relacionada con personas vivas, por ejemplo, si envías un email a una persona platicándole los detalles de tu salud y esa persona muere, la información sensible que transmitiste, idealmente no tendría por qué ser revelada. El caso es que la privacidad post-mortem se relaciona con la dignidad y reputación de las personas. Por eso mismo hay quien considera que no tiene sentido, ya que en una acción legal el valor de la reputación se centra en el daño económico o social causado, cosa que según este punto de vista no puede ocurrir en personas fallecidas; no obstante, existen precedentes en los que se ha dado la razón a quien busca proteger la reputación de personas fallecidas. En contraste con el enfoque del common law, los sistemas románico-germánicos tienden más a reconocer la existencia de derechos post-mortem. Por ejemplo, en México la Ley General de Salud establece que los cadáveres deben ser tratados con dignidad, y en Alemania las ofensas al honor y la dignidad son procedentes incluso después de la muerte.

Hasta ahora, salvo Yahoo, distintos proveedores de email han entendido la necesidad del acceso post-mortem a las cuentas de email. Sobre este punto Google tal vez tenga el contenido más interesante, ya que tiene tanto la opción de solicitar acceso a la cuenta después de la muerte como la de que el titular de la cuenta designe, en vida, a quién desea transferirle el contenido de la cuenta. El único detalle ahí es que se transfiere la totalidad de la información contenida en la cuenta. Al problema que planteamos al principio (escudriñar tu vida en mails) añadamos un problemita adicional: ¿qué hay de la información confidencial que recibiste por parte de otras personas? Volviendo al caso de Justin Ellsworth, ¿qué tan buena hubiera sido la decisión salomónica que platicamos si Justin hubiera sido un psicólogo?

Lo anterior se ejemplifica con las acciones legislativas en Estados Unidos para lograr este acceso post-mortem. En 2014 Delaware hizo modificaciones para que el albacea pudiera tomar total control de los bienes digitales, incluyendo el email. Algunas compañías, entre las que se encontraban Facebook y Google, protestaron en contra de este cambio, argumentando que dar acceso irrestricto a cuentas privadas permitiría el acceso a comunicaciones confidenciales y eso podía ir en contra de los deseos del fallecido, pero más importante todavía es que esas revelaciones podrían afectar la privacidad de terceras personas. Por ejemplo, si le envías un correo a tu director de tesis contándole de tus deseos o intentos suicidas porque no le ves fin a ese maratónico trabajo, estás transmitiendo información sensible que sería revelada a sus deudos cuando ese director muriera. Nada grato, ¿verdad? Como resultado de esta polémica, en 2015 se aprobó la Fiduciary Access to Digital Assets Act (Ley de Acceso Fiduciario a Bienes Digitales) que, a diferencia de la de Delaware, no da control absoluto sobre los bienes, sino que da la opción de pedirle a los proveedores de servicio que revelen parte del contenido.

Fuera de las diferencias entre sistemas legales y del vacío legal que enfrentan la mayoría de los países respecto del acceso post-mortem a emails, lo cierto es que la posibilidad de exponer la vida de una persona, célebre o no, mediante la totalidad de sus emails resulta cuestionable. El problema de revelar en exceso tiene solución, pero eso es otra historia.  

 

[1] Fecha de acceso: domingo 15 de enero de 2017.

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Nació el mismo año que se estrenó Blade Runner. Abogada, especialista en tecnología y protección de datos.


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