Lo han advertido juristas, exministros, analistas, profesionales del derecho: los nombramientos de jueces, magistrados y ministros no deben quedar sujetos al voto popular. Algunas razones fueron explicadas a propĆ³sito de la reforma constitucional en materia electoral que propuso el presidente LĆ³pez Obrador (el llamado Plan A), desechada en diciembre del aƱo pasado, y que entre otras cosas proponĆa la elecciĆ³n abierta de los ministros del Tribunal Electoral. Aun asĆ, en marzo de 2023 el senador Alejandro Armenta, de Morena, decidiĆ³ retomar esa propuesta de la malograda iniciativa para presentarla nuevamente a discusiĆ³n en el Senado de la RepĆŗblica.
La iniciativa con proyecto de decreto que impulsa Armenta pretende adicionar el primer pĆ”rrafo del artĆculo 94 constitucional āque establece el ejercicio del Poder Judicial de la FederaciĆ³n en una Suprema Corte de Justicia, un Tribunal Electoral, Plenos Regionales, Tribunales Colegiados de Circuito, Tribunales Colegiados de ApelaciĆ³n y Juzgados de Distritoā con la leyenda: āLa elecciĆ³n del poder judicial serĆ” directa y en los tĆ©rminos que disponga la ley electoralā. Como si la imparticiĆ³n de justicia fuera un asunto de concurso de popularidad y no de cumplir con requisitos de capacidad, conocimiento tĆ©cnico e, incluso, experiencia laboral.
SumĆ”ndose al populismo legislativo y al ataque concertado contra el mĆ”ximo tribunal, la bancada de Morena ante la ComisiĆ³n permanente ha presentado una iniciativa por la cual jueces federales y ministros serĆan electos mediante el voto individual y directo, emitido en un proceso electoral a cargo del INE, una vez que un Consejo TĆ©cnico de EvaluaciĆ³n integrado por un consejero propuesto por el presidente, otro por el pleno de la SCJN, otro por el Consejo de la Judicatura Federal, uno mĆ”s por el Senado y dos por la CĆ”mara de Diputados elijan por lo menos a cinco aspirantes por vacante en el poder judicial. Una vez electos, durarĆan cuatro aƱos en su encargo, con posibilidad a ser reelegidos por una Ćŗnica ocasiĆ³n. La elecciĆ³n tendrĆa lugar en un perĆodo no mayor a tres meses posteriores a la publicaciĆ³n de los perfiles aprobados en la Gaceta Parlamentaria, periodo dentro del cual el INE deberĆa organizar por lo menos tres debates entre los aspirantes, a fin de que expongan su plan de trabajo para el poder judicial.
El argumento principal para promover estas iniciativas parte de una falsa analogĆa: si los representantes de los poderes legislativo y titular del Ejecutivo son elegidos por el voto directo, lo mismo debe aplicar a los miembros del poder judicial. Sin embargo, el proyecto de decreto del senador Armenta adolece de varias consideraciones relevantes, no solo en cuanto a la vulneraciĆ³n de la imparcialidad y objetividad con que los jueces deben conducirse ācon independencia del clamor popular y los intereses de partido y gobiernos en turnoā, sino porque su proyecto de decreto no contempla que, de aprobarse tal adiciĆ³n, tendrĆan que ser modificados tambiĆ©n el mismo artĆculo 94 constitucional en varios otros pĆ”rrafos; el 95, que establece los requisitos para acceder a la posiciĆ³n de ministro de la SCJN; el 96 y el 97 constitucionales, que establecen los procedimientos de elecciĆ³n de ministros, magistrados y magistradas de circuito y jueces y juezas de distrito; el 98, que contempla la ausencia de los ministros, y el 99 y 105 fracciĆ³n II constitucional, que sientan las bases para la competencia del Tribunal Electoral en materia de impugnaciones.
La propuesta de los diputados morenistas tambiĆ©n parte de una reforma, aunque mĆ”s extensa, necesariamente constitucional. Dado que Morena no cuenta con la mayorĆa calificada para realizarlas en la presente legislatura, serĆa una tarea pendiente para aquella que tome posesiĆ³n en el 2024, que podrĆa tener una conformaciĆ³n distinta. Y esta serĆ” una de las bases de la campaƱa electoral de todos los candidatos del partido en el poder para la contienda del prĆ³ximo aƱo: de ahĆ la insistencia en propagar la satanizaciĆ³n de la Corte en la ComisiĆ³n permanente, donde los legisladores de Morena y sus partidos aliados (Verde y PT) han acusado a la Corte de āgolpistaā y de intervenir en contra de la transformaciĆ³n de MĆ©xico.
Hay otras consideraciones que probablemente los grupos parlamentarios de Morena estĆ©n pasando de largo. Por principio, el Instituto Nacional Electoral carece de la legislaciĆ³n necesaria para conducir tales elecciones. AdemĆ”s, de mantenerse los recortes presupuestales a los organismos autĆ³nomos que son el sello morenista, en el futuro el INE podrĆa seguir viendo drĆ”sticamente reducidos los recursos con que cuenta para llevar a cabo las funciones que ya le son asignadas por mandato constitucional y de ley. ĀæQuĆ© propĆ³sito tiene asignar mĆ”s atribuciones a un instituto que ya estarĆa de por sĆ operando al mĆ”ximo de su capacidad, y realizando verdaderos malabares para cumplir con los objetivos para los que fue creado?
Hoy, el INAI se encuentra imposibilitado para resolver los asuntos puestos a su consideraciĆ³n, por la falta de quĆ³rum necesario para resolver en sesiones ordinarias y extraordinarias del pleno, por la voluntad de dejarlo inoperante del grupo parlamentario del partido en el poder en el Senado. ĀæPodrĆamos afrontar el riesgo de tener una Suprema Corte de Justicia de la NaciĆ³n inoperante por la falta de quorum mĆnimo para resolver, por los caprichos presupuestarios del Ejecutivo, las impugnaciones electorales o las componendas de los comisionados desde los partidos en el Congreso?
Llama a preocupaciĆ³n considerar el retraso que implicarĆa la elecciĆ³n de los impartidores de justicia en un paĆs que de por sĆ no da cumplimiento al principio de la justicia pronta y expedita en tribunales ya rebasados en su capacidad, asĆ como la falta de confianza que generarĆa en los ciudadanos la incertidumbre en cuanto a los intereses que mueven a los jueces constitucionales. Antes de emitir, por ejemplo, resoluciones de vital importancia para la defensa y protecciĆ³n de los derechos humanos de las personas, el juez tendrĆa que sopesar que estarĆa en juego la posibilidad de la reelecciĆ³n y del visto bueno de un ComitĆ© integrado por una mayorĆa partidista en las CĆ”maras del Congreso y el propio presidente en funciones.
Por Ćŗltimo, ĀæhabrĆ”n considerado el senador Armenta y la bancada de diputados de Morena que sus iniciativas van contra los principios de la austeridad republicana que tanto ha presumido el presidente LĆ³pez Obrador? La consulta popular de agosto del 2021 costĆ³ mĆ”s de 500 millones de pesos, adicionales al gasto que el Estado mexicano considera para la realizaciĆ³n de elecciones ordinarias cada tres aƱos. La revocaciĆ³n de mandato tuvo un costo de 1,567 millones de pesos, que se obtuvieron de los mismos recursos que ya habĆan sido reducidos en presupuesto anual asignado al INE, ante la negativa de la SecretarĆa de Hacienda para proveer los recursos adicionales suficientes al Ć³rgano electoral para la realizaciĆ³n de la revocaciĆ³n. Es impensable que la elecciĆ³n de juzgadores quede al arbitrio del gobierno federal, sea a travĆ©s de Hacienda o cualquiera otra dependencia administrativa por la falta de legislaciĆ³n o de presupuesto.
Las iniciativas de los grupos parlamentarios de Morena en el Congreso son una aberraciĆ³n jurĆdica, econĆ³mica y polĆtica. Que quede claro: la funciĆ³n primordial de la Suprema Corte de Justicia de la NaciĆ³n, y del Poder Judicial de la FederaciĆ³n en su conjunto, no es favorecer a un sector de votantes o a uno u otro bando del espectro polĆtico, sino asegurar el respeto a la ConstituciĆ³n, el Estado de Derecho y los Derechos Humanos a travĆ©s del imperio de la ley y de resoluciones que dicten especialistas en Derecho y tĆ©cnica jurĆdica con objetividad e imparcialidad. ~
es licenciada en derecho con especialidad en derecho fiscal por la UDLAP. Activista en favor de la cultura de la legalidad.