Imagen: I.A.

Justicia a concurso

Dos iniciativas de reforma presentadas desde el partido en el poder buscan someter la designación de jueces al voto popular. Sobran razones para rechazarlas.
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Lo han advertido juristas, exministros, analistas, profesionales del derecho: los nombramientos de jueces, magistrados y ministros no deben quedar sujetos al voto popular. Algunas razones fueron explicadas a propósito de la reforma constitucional en materia electoral que propuso el presidente López Obrador (el llamado Plan A), desechada en diciembre del año pasado, y que entre otras cosas proponía la elección abierta de los ministros del Tribunal Electoral. Aun así, en marzo de 2023 el senador Alejandro Armenta, de Morena, decidió retomar esa propuesta de la malograda iniciativa para presentarla nuevamente a discusión en el Senado de la República.

La iniciativa con proyecto de decreto que impulsa Armenta pretende adicionar el primer párrafo del artículo 94 constitucional –que establece el ejercicio del Poder Judicial de la Federación en una Suprema Corte de Justicia, un Tribunal Electoral, Plenos Regionales, Tribunales Colegiados de Circuito, Tribunales Colegiados de Apelación y Juzgados de Distrito– con la leyenda: “La elección del poder judicial será directa y en los términos que disponga la ley electoral”. Como si la impartición de justicia fuera un asunto de concurso de popularidad y no de cumplir con requisitos de capacidad, conocimiento técnico e, incluso, experiencia laboral.

Sumándose al populismo legislativo y al ataque concertado contra el máximo tribunal, la bancada de Morena ante la Comisión permanente ha presentado una iniciativa por la cual jueces federales y ministros serían electos mediante el voto individual y directo, emitido en un proceso electoral a cargo del INE, una vez que un Consejo Técnico  de Evaluación integrado por un consejero propuesto por el presidente, otro por el pleno de la SCJN, otro por el Consejo de la Judicatura Federal, uno más por el Senado y dos por la Cámara de Diputados elijan por lo menos a cinco aspirantes por vacante en el poder judicial. Una vez electos, durarían cuatro años en su encargo, con posibilidad a ser reelegidos por una única ocasión. La elección tendría lugar en un período no mayor a tres meses posteriores a la publicación de los perfiles aprobados en la Gaceta Parlamentaria, periodo dentro del cual el INE debería organizar por lo menos tres debates entre los aspirantes, a fin de que expongan su plan de trabajo para el poder judicial.

El argumento principal para promover estas iniciativas parte de una falsa analogía: si los representantes de los poderes legislativo y titular del Ejecutivo son elegidos por el voto directo, lo mismo debe aplicar a los miembros del poder judicial. Sin embargo, el proyecto de decreto del senador Armenta adolece de varias consideraciones relevantes, no solo en cuanto a la vulneración de la imparcialidad y objetividad con que los jueces deben conducirse –con independencia del clamor popular y los intereses de partido y gobiernos en turno–, sino porque su proyecto de decreto no contempla que, de aprobarse tal adición, tendrían que ser modificados también el mismo artículo 94 constitucional en varios otros párrafos; el 95, que establece los requisitos para acceder a la posición de ministro de la SCJN; el 96 y el 97 constitucionales, que establecen los procedimientos de elección  de ministros, magistrados y magistradas de circuito y jueces y juezas de distrito; el 98, que contempla la ausencia de los ministros, y el 99 y 105 fracción II constitucional, que sientan las bases para la competencia del Tribunal Electoral en materia de impugnaciones.

La propuesta de los diputados morenistas también parte de una reforma, aunque más extensa, necesariamente constitucional. Dado que Morena no cuenta con la mayoría calificada para realizarlas en la presente legislatura, sería una tarea pendiente para aquella que tome posesión en el 2024, que podría tener una conformación distinta. Y esta será una de las bases de la campaña electoral de todos los candidatos del partido en el poder para la contienda del próximo año: de ahí la insistencia en propagar la satanización de la Corte en la Comisión permanente, donde los legisladores de Morena y sus partidos aliados (Verde y PT) han acusado a la Corte de “golpista” y de intervenir en contra de la transformación de México.

Hay otras consideraciones que probablemente los grupos parlamentarios de Morena estén pasando de largo. Por principio, el Instituto Nacional Electoral carece de la legislación necesaria para conducir tales elecciones. Además, de mantenerse los recortes presupuestales a los organismos autónomos que son el sello morenista, en el futuro el INE podría seguir viendo drásticamente reducidos los recursos con que cuenta para llevar a cabo las funciones que ya le son asignadas por mandato constitucional y de ley. ¿Qué propósito tiene asignar más atribuciones a un instituto que ya estaría de por sí operando al máximo de su capacidad, y realizando verdaderos malabares para cumplir con los objetivos para los que fue creado?

Hoy, el INAI se encuentra imposibilitado para resolver los asuntos puestos a su consideración, por la falta de quórum necesario para resolver en sesiones ordinarias y extraordinarias del pleno, por la voluntad de dejarlo inoperante del grupo parlamentario del partido en el poder en el Senado. ¿Podríamos afrontar el riesgo de tener una Suprema Corte de Justicia de la Nación inoperante por la falta de quorum mínimo para resolver, por los caprichos presupuestarios del Ejecutivo, las impugnaciones electorales o las componendas de los comisionados desde los partidos en el Congreso?

Llama a preocupación considerar el retraso que implicaría la elección de los impartidores de justicia en un país que de por sí no da cumplimiento al principio de la justicia pronta y expedita en tribunales ya rebasados en su capacidad, así como la falta de confianza que generaría en los ciudadanos la incertidumbre en cuanto a los intereses que mueven a los jueces constitucionales. Antes de emitir, por ejemplo, resoluciones de vital importancia para la defensa y protección de los derechos humanos de las personas, el juez tendría que sopesar que estaría en juego la posibilidad de la reelección y del visto bueno de un Comité integrado por una mayoría partidista en las Cámaras del Congreso y el propio presidente en funciones.

Por último, ¿habrán considerado el senador Armenta y la bancada de diputados de Morena que sus iniciativas van contra los principios de la austeridad republicana que tanto ha presumido el presidente López Obrador? La consulta popular de agosto del 2021 costó más de 500 millones de pesos, adicionales al gasto que el Estado mexicano considera para la realización de elecciones ordinarias cada tres años. La revocación de mandato tuvo un costo de 1,567 millones de pesos, que se obtuvieron de los mismos recursos que ya habían sido reducidos en presupuesto anual asignado al INE, ante la negativa de la Secretaría de Hacienda para proveer los recursos adicionales suficientes al órgano electoral para la realización de la revocación. Es impensable que la elección de juzgadores quede al arbitrio del gobierno federal, sea a través de Hacienda o cualquiera otra dependencia administrativa por la falta de legislación o de presupuesto.

Las iniciativas de los grupos parlamentarios de Morena en el Congreso son una aberración jurídica, económica y política. Que quede claro: la función primordial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y del Poder Judicial de la Federación en su conjunto, no es favorecer a un sector de votantes o a uno u otro bando del espectro político, sino asegurar el respeto a la Constitución, el Estado de Derecho y los Derechos Humanos a través del imperio de la ley y de resoluciones que dicten especialistas en Derecho y técnica jurídica con objetividad e imparcialidad. ~

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es licenciada en derecho con especialidad en derecho fiscal por la UDLAP. Activista en favor de la cultura de la legalidad.


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