Foto: Ismael Villafranco https://www.flickr.com/photos/maelvillafranco/7529424180

¿Expresión o extorsión? El dilema de la “Ley garrote”

La discusión en torno a la llamada "Ley garrote" en el congreso tabasqueño revela las incongruencias de un partido que tuvo sus orígenes en la protesta y movilización social. El Estado tiene como obligación garantizar las herramientas democráticas para que los ciudadanos puedan expresarse libremente sin atentar contra terceros.
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El 29 de julio, los diputados locales de Tabasco aprobaron una reforma al Código Penal local que plantea sanciones jurídicas y económicas a quienes se manifiesten u obstaculicen la vía pública en contra de la construcción de obras. La iniciativa, conocida en redes sociales como “Ley garrote”, ha despertado críticas, al ser considerada una medida represiva que restringe las protestas ciudadanas.

Aunque despertó interés solo en días recientes, fue el 26 de febrero pasado cuando el diputado Gerald Washington Herrera Castellanos, coordinador de la fracción del PRI en el Congreso local, presentó una iniciativa para modificar el artículo 196 del Código Penal local y endurecer la sanción del delito de extorsión, con una pena de diez a veinte años de cárcel y una multa de entre 84 mil 490 pesos y 168 mil 980 pesos. Cinco meses después, el gobernador Adán Augusto López entregó una iniciativa de reforma a los artículos 299, 306, 307 y 308 y solicitó la creación de los artículos 196 Bis y 308 Bis del Código Penal. Su propuesta contemplaba incrementar los años en prisión y las multas económicas a quien careciendo de una facultad legal intente impedir los trabajos de construcción y el acceso de personal o maquinaria a obras públicas y privadas, a quien interrumpa o dificulte el servicio público local de comunicación y a quien cometa delitos en contra de la libertad de tránsito y obstaculice alguna vía y medio de transporte de jurisdicción local. Las penas se duplican cuando en estas acciones participan más de dos personas.

Por considerar que ambas iniciativas sancionaban el delito de extorsión, la comisión dictaminadora optó por presentar un dictamen conjunto el 26 de julio. Este fue discutido y aprobado durante la sesión extraordinaria del 29 de julio con 24 votos a favor –21 de Morena, dos del PRD y un diputado independiente– y uno en contra, de la diputada Dolores Gutiérrez del PRD. Los diputados del PRI abandonaron el recinto antes de la votación y el PAN no tiene representantes en dicho congreso. El dictamen se aprobó solo con una modificación al artículo 308 Bis, cuya redacción final establece: “Al que extorsione, coercione, intente imponer o imponga cuotas o impida total o parcialmente el libre tránsito de personas y vehículos, maquinaria, equipo especializado o similar para la ejecución de trabajos y obras públicas o privadas en las vías y medios de comunicación de jurisdicción local al que se refiere el artículo 306, se le impondrá prisión de 6 a 13 años y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten”. El dictamen entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del estado de Tabasco. Después de 30 días de esto, la CNDH podrá promover una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte para evitar su aplicación.

La manera en que está redactada la reforma indica una criminalización de las formas de protesta social. De acuerdo con el ministro en retiro José Ramón Cossío, si lo que se buscaba era sancionar el delito de extorsión, con el artículo 196 bastaba. En cambio, el planteamiento de los artículos viola el derecho a la libre manifestación. Además de la inconstitucionalidad, Cossío percibe en “la reiteración de la consigna gubernamental frente al derecho” un grave problema, ya que “subyace una racionalidad idénticamente equivocada: los derechos y sus instrumentos de protección pueden juzgarse en razón de su conformidad o distanciamiento de los propósitos del gobierno”. Lo que abre la puerta a una interpretación moral del derecho.

En la defensa de la propuesta, Marcos Rosendo Medina, secretario de gobierno del estado, aclaró que la reforma es “antiextorsión” y no “antimanifestación”. Al respecto, la dirigente de Morena Yeidckol Polevnsky declaró que la ley es para evitar cualquier tipo de chantaje o sabotaje a la refinería de Dos Bocas. En respuesta a las acusaciones de la oposición comentó: “las protestas son sagradas y deben atenderse, pero (no) cuando se manipula para movilizar con otros intereses”. Mientras que el gobernador tabasqueño defendió su propuesta y señaló que no reprime a los ciudadanos, sino que tiene como objetivo terminar con la extorsión. “Es un tipo de modalidad que se presentaba en las instalaciones de empresas dedicadas a la energía en donde un grupo de pseudo sindicalizados se presentaban a las afueras de las instalaciones y le decían al empresario que necesitaba pagar una cuota semanal, mensual o anual”.

En la conferencia matutina del 29 de julio, el presidente López Obrador defendió la reforma y afirmó que “no es para reprimir libertades, es para que no haya sobornos, que no se instaure el moche como forma de gobierno”. Al día siguiente, cuando se le preguntó sobre su aprobación y las sanciones que plantea, comentó: “hay que proteger los derechos de los ciudadanos, no puede afectarse el derecho a disentir, el derecho a la manifestación, la libertad en general. […] yo tengo el informe que no se afectan derechos humanos y no se limitan las libertades de los ciudadanos”.

Resulta por lo menos irónico que Morena impulse esta ley cuando la lucha social y las manifestaciones están en sus orígenes. De hecho, el mismo López Obrador realizó protestas cuando abandonó las filas del PRI. El 20 de noviembre de 1991, cuando era presidente del PRD en Tabasco, llevó a cabo el “Éxodo por la democracia”, una marcha para protestar por un presunto fraude electoral en las elecciones municipales. Fue tal su arrastre que salió de Tabasco con 150 personas y llegó a la Ciudad de México el 11 de enero de 1992 acompañado de 5 mil personas. Dos años más tarde, en 1994, el hoy presidente perdió la gubernatura de Tabasco frente a Roberto Madrazo, candidato del PRI. Por ese motivo, en 1995 emprendió nuevos éxodos con destino al Zócalo capitalino, cuyo propósito era “el restablecimiento de la democracia en México”. Entre 30 mil y 50 mil personas se reunieron en la manifestación que hizo en la Plaza de Armas de Villahermosa para exigir la renuncia de Madrazo. Bajo la frase “Llegaré hasta donde la gente quiera”, López Obrador construyó una base de seguidores que lo acompañaron en sus múltiples manifestaciones del sureste al centro. La mayor protesta contra el gobierno de Madrazo ocurrió en febrero de 1996, cuando López Obrador encabezó el bloqueo de 50 pozos petroleros de Pemex en Tabasco para exigir la indemnización a 40 mil campesinos y pescadores afectados por la empresa petrolera. El saldo fueron 200 personas encarceladas, 14 denuncias de la petrolera por obstrucción a sus centros de trabajo y una herida en la cabeza para el líder estatal del PRD. “Este país no avanza con procesos electorales, avanza con movilizaciones sociales”, dijo en aquel entonces. La última movilización que encabezó fue en 2006, cuando perdió las elecciones presidenciales frente a Felipe Calderón y se autonombró “presidente legítimo”. Durante 47 días, sus seguidores y él permanecieron en casas de campaña sobre Paseo de la Reforma y el Centro Histórico. Jesús Ortega, uno de los coordinadores de las Redes Ciudadanas, justificó su protesta pues “La lucha por el país, por la democracia y el respeto a la voluntad ciudadana y a los derechos de todos los mexicanos, [tenía] mayor prioridad que el cierre de avenidas”. El plantón provocó pérdidas que superaron los 3 mil millones de pesos para comercios, hoteles y restaurantes, así como el despido de 809 empleados. Varios años después, López Obrador reconoció que pagó un “precio altísimo” por dicha manifestación, pues sus “adversarios utilizaron esto como una terrible campaña de desprestigio”.

Mientras las discusiones en torno a la “Ley garrote” ocurrían en Tabasco, en Jalisco las manifestaciones de jóvenes en contra del incremento de la tarifa del transporte público eran reprimidas por la policía estatal. Desde el fin de semana pasado, la tarifa del Tren Eléctrico, Macrobús, Trolebús y SiTren pasó de 7 a 9.50 pesos en Guadalajara. Varios colectivos protestaron en las calles y en las estaciones del Tren Eléctrico. Cinco jóvenes fueron detenidos y acusados de alterar el orden público y de faltas administrativas por daños al portón del Palacio de Gobierno y a la estación Plaza Universidad. Los jóvenes fueron liberados la madrugada del sábado. En redes sociales, se difundió el video de uno de los detenidos con el rostro ensangrentado por supuestas agresiones de parte de los policías.

Organismos no gubernamentales y la Comisión Estatal de Derechos Humanos expresaron su inconformidad con las acciones emprendidas por el gobierno jalisciense. “Las personas tenemos el derecho de manifestarnos en oposición o de acuerdo a lo que un gobierno haya decidido, pero la obligación del Estado es no reprimir estas manifestaciones”, comentó Edith Olivares Ferreto, coordinadora de Análisis e Incidencia de Amnistía Internacional México.

Los intentos por crear marcos legislativos que controlen la protesta social violan lo establecido en el artículo 6º Constitucional: “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público”. Pero ante ello, como plantea el ministro en retiro José Ramón Cossío, “el Estado debe pensar cómo equilibrar la protesta social y el legítimo uso de derecho de otras personas a través de todos los mecanismos posibles antes de llegar al derecho penal”.

En tiempos en que un partido política domina, casi sin oposición efectiva, el discurso público y los espacios de poder, es indispensable que la disidencia pueda expresarse por distintos cauces, con límites que aseguren el respeto de los derechos de terceros, pero no asfixien las expresiones de descontento.

Con investigación de Karla Sánchez.

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