El presidente Sánchez ha comunicado a la ciudadanía que se toma unos días para reflexionar sobre si le merece la pena continuar como presidente ante la operación de “acoso y derribo” que vienen sufriendo él y su mujer, orquestada por lo que a su juicio es la ultraderecha. Ahí mete al pseudosindicato Manos Limpias que ha denunciado a su mujer, el hecho de que el juez haya abierto diligencias, a los medios que han publicado informaciones sobre las relaciones “empresariales” de su mujer y a los partidos de la oposición.
Pues bien, vista la magnitud del órdago (si es que es un órdago), conviene estudiar con un cierto detalle lo que se señala en esta carta. Y, para no caer en la confusión, hay que separar lo que allí se mete en un mismo saco con la etiqueta de “ultraderecha”.
Por un lado, tenemos la denuncia de Manos Limpias. A estas alturas, pocos pueden dudar de la experiencia de este pseudosindicato en denuncias temerarias y en sus disparatados intentos de convertir cuestiones políticas en causas penales. Siempre he creído en las bondades de la acción popular, una peculiaridad de nuestra justicia penal, si bien hay entes que se ganan a pulso que se les negara esta vía. En este caso en concreto, la demanda presentada, a mi modesto entender, es cuando menos endeble: una sucesión de noticias periodísticas, con comentarios marginales y sin un mínimo intento de fundar jurídicamente la existencia del delito.
A partir de ahí, la segunda cuestión que se plantea se proyecta sobre la decisión del juez de abrir diligencias “previas”. Insisto en esto último. El art. 269 LECrim obliga al juez a abrir estas diligencias ante la denuncia de un hecho, “salvo que este no revistiere carácter de delito, o que la denuncia fuere manifiestamente falsa”. ¿Se da alguno de esos dos supuestos? Tengo serias dudas. Ha habido prácticas e interpretaciones jurisprudenciales muy dispares sobre si los jueces debían ser más o menos restrictivos interpretando esos supuestos al decidir si dan curso a denuncias absurdas o de mas que dudoso fundamento. También me queda la duda acerca de si un juez, por muy defectuosa que sea la demanda (como es el caso), si aprecia que en los hechos relatados puede haber algún indicio de delito, puede practicar alguna diligencia para intentar esclarecerlos. En este caso, por ejemplo, llamando a declarar a los directores de los periódicos que han publicado estas informaciones sobre la mujer del presidente para que aporten cuantas evidencias tengan.
Aun con todo, por lo que sabemos de momento, no creo que el asunto tenga mucho recorrido penal. De hecho, llama la atención que el presidente del gobierno haya querido dar tanta importancia a una decisión judicial bastante irrelevante, que podría ser revertida incluso en unos días o semanas si el juez, practicadas unas diligencias mínimas, entiende que la causa no da para más. Pero, hasta en el peor de los casos, si se advirtiera un celo judicial (o el tan manido lawfare) en esta decisión, hay todo un sistema de recursos para poder enfrentarse a cualquier exceso. Lo que no es de recibo en democracia, y luego volveré sobre ello, es que un presidente del gobierno señale a un juez para que sus fieles y los medios afines se lancen a su persecución. Hoy ya encontramos publicada vida, obra y milagros de ese juez de instrucción y hasta de su familia.
Además, conviene que todo el ruido suscitado sobre esta causa penal no distraiga de un aspecto fundamental: la relevancia de las informaciones publicadas sobre prácticas que, con independencia de que tengan o no relevancia penal (muy probablemente no la tengan), pero pueden ser absolutamente reprochables desde el prisma de los estándares de integridad y de ejemplaridad pública. No hace falta que sea delito de tráfico de influencias para que puedan reprocharse, en sentido político y social, conductas desviadas, corruptas (la idea jurídico-política de corrupción trasciende la penal) o poco ejemplares. Y aquí seguramente haya mucho que decir sobre que la mujer de un presidente del gobierno pueda andar haciendo negocios o patrocinando a empresas que luego reciben algún tipo de beneficio de ese gobierno. Si suelen ser objeto de crítica las puertas giratorias de exministros, cuanto más se podría llegar a cuestionar si, finalmente, se acreditan algunas de las conductas denunciadas. No quiero tampoco aquí adelantar un reproche, pero sí que creo que es un caso en el que los periodistas deberían remangarse para llegar hasta el final y sobre el que un presidente debería tener que rendir cuentas.
Sin embargo, lo que ha hecho con esta carta el señor Sánchez es todo lo contrario. En lugar de rendir cuentas, que es un pilar esencial de toda democracia, ha pedido cuentas. No sabemos qué pasará el lunes pero, de momento, parece que la finalidad de esta carta era tocar a rebato y centrar el debate público en lo que, probablemente, sea lo menos importante –unas diligencias previas–. Una vez más, que se hable de la ultraderecha ruidosa, en lugar de indagar en la veracidad y la seriedad de las informaciones publicadas.
Todo ello, además, con un texto escrito en un tono y unas formas impropias e incluso preocupantes cuando vienen de un presidente del gobierno. No quiero defender a un juez concreto de quien desconozco su diligencia profesional, tampoco quiero dar credibilidad absoluta a las informaciones que hasta ahora conocemos, pero me preocupa que quien ostenta la mayor responsabilidad de poder político en este país pueda victimizarse, señalar a jueces y descalificar a medios de comunicación y a la oposición. Las formas en democracia importan. Por ello, espero que no estemos ante otro truco populista, que deja nuestras instituciones debilitadas, pero con el que moviliza gracias a la polarización.
Es profesor de Derecho constitucional de la Universidad de Murcia.