Foto: un.org

Los derechos humanos de las mujeres a setenta años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

Minerva Bernardino, Amalia Castillo Ledón y Berta Lutz, entre otras, impulsaron que los derechos de las mujeres se mencionaran de forma específica en la Declaración. No fue un logro menor.
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La Declaración de los Derechos Humanos, aprobada por el Consejo General de la Organización de Naciones Unidas (ONU) el 10 de diciembre de 1948, reconoció a los hombres y a las mujeres como sujetos de los derechos fundamentales de las personas. Su Preámbulo reafirmó la fe “en la igualdad de hombres y mujeres” y el artículo 2 mencionó con todas sus letras el rechazo a la discriminación por sexo, al lado de la discriminación por raza, color, idioma o religión. El principio de igualdad entre hombres y mujeres fue parte de la Carta de las Naciones Unidas de 1945 y terminó por convertirse en uno de los conceptos centrales de la organización.

La mención explícita de los derechos de las mujeres en los documentos fundacionales de la ONU fue una iniciativa de las diplomáticas Minerva Bernardino, Amalia de Castillo Ledón y Bertha Lutz, de República Dominicana, México y Brasil respectivamente. Las latinoamericanas comprendían que, en algunos países, la frase “todos los hombres” podría interpretarse de manera literal, restringiendo a los varones los derechos humanos lo que conllevaría el fracaso de su universalidad.

La redacción inclusiva se impuso frente a la postura de los Estados Unidos representada por Eleanor Roosevelt, viuda del mandatario Franklin D. Roosevelt y presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, y Virginia Gildersleeve, una del las cuatro mujeres que firmaron la carta fundacional de la ONU (las otras tres fueron las delegadas de Brasil, China y República Dominicana). La señora Roosevelt insistía en que hombres y mujeres quedaban englobados en el concepto de los derechos humanos, de la misma manera en que ambos sexos eran parte de la humanidad y, por lo tanto, la referencia particular a los derechos mujeres era innecesaria.

El motivo principal de la reticencia del gobierno de Estados Unidos a sumarse a declaraciones igualitaristas era la necesidad de deslindarse de la igualdad de derechos proclamada por la URSS, en el contexto de polarización entre las dos potencias propio de la Guerra Fría. También pesó la reserva de algunos sectores del Sur de ese país, temerosos de que los posicionamientos igualitaristas de su gobierno abrieran la puertas a críticas contra las políticas de segregación de la población afroamericana que prevalecían en esa región.

Virginia Grildersleeve se opuso a que la ONU contara con un organismo específico para atender los asuntos de las mujeres. Sostenía que un organismo así llevaría a relegar a un segundo plano los asuntos femeninos, por lo que proponía que estos se trataran como parte integral de los problemas sociales en el Consejo Económico y Social y la Comisión de los Derechos Humanos de la ONU. La propuesta contraria triunfó al establecerse la Comisión de Status de la Mujer, órgano dedicado a los asuntos particulares de la población femenina. No prosperó el camino único del mainstreaming –como lo llamamos hoy– propuesto por Gildersleeve.

Si no pudo evitar el posicionamiento igualitarista de la ONU ni la existencia de la Comisión de Status de la Mujeres, el gobierno de Estados Unidos, en cambio, logró restringir las actividades de la Comisión, que se enfocó a labores informativas y de naturaleza educativa. No tuvo capacidad ejecutiva para imponer sus recomendaciones a los gobiernos y en sus primeros años ni siquiera tuvo autoridad para solicitar a los países informes sobre la situación de la mujer.

A pesar de tales limitaciones, Castillo Ledón, actuando como representante de la Comisión de Status de la Mujer, no solo logró que el Comité de Derechos Humanos reconociera los derechos específicos de las mujeres, sino que sus intervenciones en las reuniones efectuadas en febrero de 1948 en Lake Success, Nueva York, consiguieron que el documento utilizara la expesión inclusiva “toda persona” en vez de decir “el hombre”.

Si bien el poder de los Estados Unidos creció en la segunda posguerra, en los años inmediatos al fin de las hostilidades, los países latinoamericanos tuvieron una influencia significativa en el orden internacional. La Conferencia de Chapultepec estableció el compromiso de los gobiernos de proteger los derechos humanos y esa postura prevaleció en la Conferencia de San Francisco y en la ONU. De este modo se amplio la perspectiva de los países del norte, Estados Unidos, Reino Unido y la Unión Soviética, más interesados en la seguridad nacional y la reconstrucción de Europa que lo derechos fundamentales de las personas. El Acta de Chapultepec enuncia el principio de no discriminación y la igualdad entre las “razas” y los sexos, conceptos que más tarde se incluyeron en los documentos fundadores de la ONU.

La Conferencia de Chapultepec tuvo más de cien participantes y solo dos mujeres: Minerva Bernardino, integrante de la delegación de República Dominicana y Amalia de Castillo Ledón, asesora de la delegación mexicana. Su acción concertada logró que la Conferencia se pronunciara en contra de la discriminación por sexo, lo que fue un antecedente de la Declaración de Derechos Humanos. Bernardino y Castillo Ledón también consiguieron que se acordara la inclusión de mujeres en las delegaciones de los gobiernos a las conferencias internacionales, lo que fue propicio para que ellas participaran en la Conferencia de San Francisco.

La colaboración entre las delegadas de Australia, Brasil e India con Minerva Bernardino y Amalia de Castillo Ledón logró que la Carta de la ONU hiciera mención explícita de los derechos de las mujeres. Es paradójico que, siendo representante del gobierno dictatorial de Leónides Trujillo, Bernardino hiciera contribuciones tan significativas a los derechos humanos.

Eleonor Roosevelt se convirtió en la cara más visible de la historia de derechos humanos en la ONU. La fotografía en la que sostiene en las manos el pliego de la Declaración de los Derechos Humanos frente a una ventana que mira a un bosque es la imagen emblemática de ese del 10 de diciembre de 1948. Los nombres de Amalia de Castillo Ledón y Minerva Bernardino, y su defensa de los derechos humanos específicos de las mujeres, quedaron relegadas del relato hasta desaparecer por completo, o casi. El protagonismo único de Roosevelt en el relato omite las diferencias, tensiones y conflictos entre los intereses y las ideologías de las mujeres del Sur y el Norte global, lo que también ocurrió con la intervención de Hillary Clinton, entonces Primera Dama de Estados Unidos, cuando declaró, en la IV Conferencia Internacional de la Mujer, efectuada en Beijing, en 1995, que los derechos de las mujeres no se pueden discutir por separado de los derechos humanos.

La historia de los derechos humanos y su relación con el feminismo no ha tenido un desenvolvimiento lineal. Su trazo contiene retrocesos y pasos en falso, es un relato complejo. Acercarnos a esa complejidad y a las contribuciones de Bernardino y Castillo Ledón permite comprender la importancia y fragilidad de los derechos humanos en momentos en que su vigencia está amenazada en el continente.

 

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es doctora en historia por la UNAM, profesora investigadora de El Colegio de México y especialista en historia de género y de la diversidad sexual. En 2019 el Colmex publicará su Historia mínima del feminismo.


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