Cómo mejorar el sistema electoral mexicano: Oralidad y justicia

La oralidad contribuiría a la certeza jurídica porque permite comprender el proceso jurídico por medio del cual se decide finalmente una elección.
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Independientemente de cómo resuelva el TEPJF el recurso de inconformidad con la elección de presidencial presentado por López Obrador y el Movimiento Progresista, los ajustes a la reforma electoral de noviembre de 2007 están a la vuelta de la esquina.  Especialistas, ciudadanos, autoridades y partidos coinciden en que tras estas elecciones una nueva generación de reformas electorales empieza a cocinarse. A lo largo de esta serie, presentaremos algunas propuestas (algunas extravagantes, pero no por ello descabelladas) sobre cómo mejorar el sistema electoral mexicano.

Ustedes ¿qué propondrían? Mándenos sus propuestas a cartas@letraslibres.com

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La judicialización del proceso electoral es un fenómeno complejo que transforma lo político en jurídico y es incomprensible para la mayoría de la población. La facultad de atracción de la decisión democrática ejercida por el Derecho frente a la política, con la consecuente la aparición de los jueces, es un momento anticlimático de la elección que contrasta con los cierres de campaña y con la jornada electoral en la que la euforia popular de votantes y candidatos es la protagonista de la fiesta democrática.

Lo que empieza con cruzar una opción en una boleta y sumar los votos se va enredando con leyes, medios de impugnación, Salas, Tribunales, acuerdos, procedimientos y decisiones propias del ámbito de la Toga. El ciudadano, como Joseph K., se siente ajeno al proceso y desconfía del mismo, en parte por el nulo entendimiento y en parte por las sospechas generalizadas que se ciernen sobre la administración de justicia.

Ilustrativa del fenómeno resulta la cobertura en los medios de comunicación sobre esta etapa del proceso. El litigo político se cubre a partir de los boletines de prensa del Tribunal Electoral, las conferencias de candidatos impugnadores e impugnados, declaraciones de políticos y, con un poco de suerte, con la sentencia traducida por un especialista para que los legos sepan si fue correcta o incorrecta (dependerá del medio) la decisión. La deliberación jurídica de la voluntad popular es materia solo de especialistas y se percibe alejada de la sociedad que queda a la espera del veredicto final.

El asunto no es poca cosa considerando la existencia de un sistema de medios de impugnación y una jurisdicción electoral. Es decir,  independientemente de candidatos o resultados en particular, existe un supuesto normativo obligatorio para la intervención del Tribunal en las elecciones presidenciales. Del entendimiento social de este proceso jurídico depende, en buena medida, la aceptación popular del resultado final de la elección, sobre todo en contiendas cerradas o cuestionadas. Si los procesos jurisdiccionales no facilitan esta comprensión social, la conclusión es obvia.

¿Cómo transformar la justicia electoral? ¿Cómo hacer visible la función del juez electoral para el ciudadano común? ¿Qué reformas se necesitan para acercar al público al emocionante mundo de la administración de la justicia electoral? Si actualmente la justicia electoral es escrita, ¿qué tan viable sería la oralidad en los juicios electorales? La justicia oral y el derecho de tradición escrita representan sistemas jurídicos cuya diferencia es la fuente principal del Derecho: el juez en el primer caso, el legislador en el segundo. México “pertenece” a la tradición del derecho escrito pero recientemente y a partir de la reforma de justicia penal, la justicia oral se abre camino en nuestro sistema jurídico. La justicia oral -o sistema adversarial- es flexible, deja a un lado la rigidez del derecho escrito y permite construir decisiones jurídicas más creativas y adecuadas para cada uno de los casos. Las audiencias son públicas y en ellas las partes involucradas presentan los argumentos y las pruebas que sustentan la acusación y la defensa. La representación escenográfica de la justicia oral remite a un juicio clásico: la presencia de un juez, la víctima, el ofendido,  abogados,  auxiliares y testigos, cada uno de ellos actuando sus papeles: acusando, defendiendo, argumentando frente al juez.

La flexibilidad de la justicia oral, así como los principios de publicidad, la concentración e inmediatez son quizá más convenientes para la construcción de las decisiones del Tribunal y harían más comprensible el proceso y la decisión judicial frente a la sociedad. Además los juicios orales tienen una teatralidad propia del drama político y la representación del poder: ahí estarían presentes el candidato ofendido, la autoridad cuestionada y el partido acusado. Un solo momento en el que habrá de definirse todo. Por medio de la voz habrían de revelarse las relaciones y demostrar las acusaciones con pruebas reales, visibles, físicas, vínculos y jerarquías que se entremezclan para pensar la verdad y la justicia política en el escenario público. Dejaríamos las torres de pesadas fojas de verborrea procesal, la letanía de artículos y las cajas de pruebas. La ciudadaníavería, por medio del Canal Judicial o en la página web del Tribunal, cómo se construye en una sesión la verdad o la falsedad de la decisión jurídica-política que define en última instancia la soberanía popular que se expresó en las urnas. El juez estaría obligado a que la sentencia fuera transparente, fundamentada y entendible. La voz de este último tendría que dar la claridad que los cientos de páginas de sentencias escritas no han dado a la sociedad.

Hay dos elementos centrales en el Derecho, la seguridad y la certeza jurídica. La seguridad es una exigencia objetiva de la estructura y función del sistema jurídico. La certeza es el aspecto subjetivo, es un estado de confianza de una persona de saber a qué atenerse en relación a con los derechos que garantiza la normatividad jurídica. En este caso la oralidad contribuiría a la certeza jurídica porque permite comprender el proceso jurídico por medio del cual se decide finalmente una elección. Esto es parte de un debido proceso y esto parte de la democracia.

 

 

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Profesor de Derecho en la Universidad del Claustro de Sor Juana.


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