El talón de Aquiles de la capacitación del personal de prisiones

Solo cuando se comprenda la necesidad de capacitar y profesionalizar al personal penitenciario podremos hablar una “Reforma integral del sistema penitenciario”
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Las estadísticas, encuestas, diagnósticos y demás documentos que estudian el fenómeno penitenciario en México se enfocan más a la descripción de la población en reclusión (delito, situación jurídica, fuero, condiciones de vida, reinserción social, corrupción, violaciones a los derechos humanos, etcétera) que en indagar sobre las condiciones laborales del personal que trabaja en las prisiones. Pasamos por alto el papel fundamental que juegan estas personas en la operación, estructuración y objetivos de las prisiones.       

En el siglo XIX, la capacitación del personal de prisiones se tocó superficialmente durante el porfiriato con motivo de la construcción de Lecumberri, sin embargo, la Revolución impidió su puesta en marcha y trajo consigo otras prioridades. Después, en 1931, los redactores del Código Penal sugirieron, sin éxito, la creación de un “Código de Ejecución de Sanciones” para regular el buen funcionamiento de las prisiones.

Durante el gobierno del presidente Miguel Alemán Valdés (1946-1952), la Universidad Nacional Autónoma de México, con subsidios de la Secretaría de Gobernación y el Departamento del Distrito Federal, creó en 1949 la Escuela de Capacitación para Empleados de Prisiones y Establecimientos Penitenciarios. Luis Garrido, rector de la Universidad y especialista en Derecho Penal, logró, materializar este proyecto gracias a la colaboración de distinguidos académicos como Juan José González Bustamante, Secretario General de la UNAM; Javier Piña y Palacios , Jefe de la Oficina Auxiliar de la Secretaría General; José Ángel Ceniceros, Primer Director de la Academia Mexicana de Ciencias Penales; y la ex jefa de la Dirección General de Prisiones de España, Victoria Kent, quien se había exiliado en México y a propuesta de Garrido asumió la dirección de la escuela.

En Ensayos Penales, Garrido narra la situación de las cárceles mexicanas y la necesidad de contar con personal capacitado, antes de ampliar y construir nuevas cárceles:

“Nuestras cárceles son teatro de las más grandes inmoralidades. En ellas se ha explotado, sistemáticamente, al preso por los empleados o por personas ligadas con éstos. Los llamados “coyotes” pululan en sus alrededores y ofrecen al detenido su libertad mediante  dinero, el que una vez obtenido, sólo les sirve para olvidar al reo. […]. La explotación del preso o de sus familiares en el interior de las cárceles, se hace ofreciéndole a éste comodidades, mejor alimentación, celda higiénica o exención de determinados trabajos por suma determinada. La visita de sus parientes o amigos se realiza, frecuentemente, mediante cierta remuneración. Por dinero se permite hasta la entrada de prostitutas para la llamada visita conyugal. […] El problema no es sólo ampliar la actual Penitenciaría o el de construir una nueva y terminar así con la aglomeración actual y promiscuidad entre reos y procesados, organizando un régimen de trabajo, que como quiere el artículo 18 de la Constitución, sirva para la corrección del penado; sino que también se requiere utilizar elementos preparados que puedan servir en las cárceles conforme a un plan humano y técnico.”[1]

El objetivo de la Escuela de Capacitación para Empleados de Prisiones y Establecimientos Penitenciarios era convertirse en el espacio académico en donde se formaría y capacitaría al personal penitenciario necesario para mejorar las prisiones sin depender de la voluntad política de los gobernantes en turno. Su plan de estudios comprendía las siguientes materias:

  • Geografía de México
  • Nociones de Biología
  • Psicología y psiquiatría
  • Higiene general
  • Nociones de derecho constitucional y procesal penal
  • Historia económica y política de México
  • Sociología
  • Demografía y etnografía
  • Nociones de derecho penal
  • Política criminal
  • Penología
  • Orientación profesional
  • Regímenes penitenciarios
  • Criminalística
  • Sexología
  • Ética
  • Cultura física

 

Luis Garrido creía que el conocimiento de estas materias permitiría a los empleados de las prisiones cuatro cosas fundamentales para desempeñar correctamente el oficio penitenciario:

1.- Conocer el papel que la sociedad les tiene encomendado y que están obligados a desempeñar eficazmente, es decir, formarles conciencia de sus labores al servicio de la comunidad.

2.- Ponerlos en aptitud de conocer el medio en que están actuando.

3.- Capacitarlos para investigar las necesidades personales del delincuente, especialmente del tipo indígena, mediante la etnografía, para que pueda ayudar en la readaptación y la educación de aquél; y

4.- Proporcionarles en general los elementos indispensables para ayudar a la resocialización.[2]

La Escuela inició los cursos en junio de 1949, con 15 celadores de la Penitenciaría del Distrito Federal como alumnos. Dejaría de funcionar tres años después (1952) por falta de alumnos y de subsidios gubernamentales. Desde entonces, los gobiernos de las entidades federativas y el Gobierno Federal han intentado, cada uno por su cuenta y sin el apoyo de la UNAM, desarrollar cursos de capacitación dentro de las instituciones de seguridad pública sin algún éxito palpable.

A más de seis décadas de distancia, el gobierno de Enrique Peña Nieto habla de una “Reforma integral del sistema penitenciario” y para lograrla propone “invertir los recursos necesarios para la construcción de los centros de readaptación social que se requieran para acabar con el hacinamiento y la convivencia de presos federales y no federales”. Este compromiso (el #81 del Pacto por México) va a ser imposible si primero no se implementa un programa de capacitación para el personal penitenciario.

Solo cuando se comprenda la necesidad de capacitar y profesionalizar al personal penitenciario para evitar la anarquía, corrupción y autogobierno en las prisiones podremos hablar una “Reforma integral del sistema penitenciario”[3].

 



[1]Luis Garrido, “La reorganización penitenciaria” en Ensayos Penales, Ediciones Botas, México, 1952, pp. 99-102. [El énfasis es nuestro.]

[2]Ibidem.

[3]Según los artículos 47 y 98 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el gobierno federal y las entidades federativas tienen la obligación de establecer y operar academias e institutos responsables de la profesionalización de todo el personal de seguridad pública del país. La profesionalización, es un proceso permanente y progresivo de formación que se integra por las etapas de formación inicial, actualización, promoción, especialización y alta dirección, para desarrollar al máximo las competencias, capacidades y habilidades de los integrantes de las instituciones de seguridad pública. Desde mayo de 2009, el gobierno federal puso en marcha la llamada “Academia Nacional de Administración Penitenciaria”. Un intento loable, pero insuficiente. A febrero de 2013 habían egresado 5,427 personas del “Curso de formación inicial para oficiales en prevención penitenciaria”. El curso tiene una duración de 12 semanas. Seis semanas teóricas que se cursan en las instalaciones de la propia Academia y seis semanas prácticas que se realizan en alguno de los centros penitenciarios federales. Los contenidos del curso de formación inicial están organizados en cuatro módulos: 1. Doctrina penitenciaria (derechos humanos, uso de la fuerza, valores, ética, profesionalismo, marco jurídico y orden cerrado); 2. Seguridad penitenciaria y medidas de control (procedimientos de operación de la seguridad en los centros penitenciarios, así como habilidades para la interacción con los internos); 3, Competencias penitenciarias (habilidades del desempeño laboral; participación de las áreas en la clasificación de los internos; estrés, crisis y suicidio en la población penitenciaria, y técnicas de entrevista); 4. Perfiles funcionales (seguridad, técnico, jurídico y administrativo).

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Crítico y promotor de un cambio en el modelo de justicia en México. Libertad, prisiones y comisiones legislativas.


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