Luis Manuel Otero Alcántara es un joven artista visual muy conocido en la escena cultural habanera. Su trabajo se caracteriza por performances y acciones en las que su cuerpo interpreta diversos personajes en el espacio público. Disfrazado de dandy decimonónico o de bailarina de Tropicana, de Julio Antonio Mella, Fidel Castro o Hugo Chávez, irrumpe en circuitos que no lo contemplan y desestabiliza la recepción del espectáculo urbano.
En una retrospectiva suya impulsada por el reconocido artista cubano Carlos Garaicoa, en el Centro de Creación Matadero Madrid, en 2016, Otero Alcántara sostenía que “le interesaba trabajar con la grieta que se crea en disímiles contextos, palpando los límites existentes entre la realidad y la ficción”. El arte político de Otero Alcántara y de la comunidad que lo rodea en el Movimiento San Isidro, en la Habana Vieja, lo ha llevado al choque con el Ministerio del Interior y el Ministerio de Cultura de la isla.
Sus constantes arrestos preventivos y temporales han conducido, naturalmente, la obra de Otero Alcántara a una fricción directa con las leyes que regulan la libertad de expresión en Cuba. Durante el pasado proceso constituyente en la isla, dos leyes complementarias de la nueva Constitución de 2019, el decreto 349 y la Ley de Símbolos Nacionales, aparecieron como dispositivos jurídicos que, eventualmente, restringirían el campo de acción del arte público.
Buena parte de la obra reciente de Otero Alcántara ha estado dirigida a cuestionar el citado decreto 349, por el cual el Estado cubano busca reforzar el control de la actividad cultural en los espacios privados de la isla. Una premisa de ese decreto es la distinción tajante entre quién es y quién no es artista en Cuba, asegurada por el registro exhaustivo de la comunidad cultural que ejercen las instituciones del Estado. Dado que Otero Alcántara es uno de los “intrusos” que el poder quiere expulsar del campo artístico, sus acciones contra el Decreto 349 no son más que legítima defensa.
Otro blanco del arte público de Otero Alcántara es la Ley de Símbolos Nacionales. Una serie de autorretratos con la bandera cubana –como sábana, cobija, toalla, bata, capa o bufanda– dentro de su casa, titulada Drapeau, circuló profusamente en las redes. Un capítulo de la misma serie, bajo el título de “Segunda piel”, fue realizado a fines de 2019 en La Tallera, el conocido museo de Cuernavaca creado por David Alfaro Siqueiros. Si en Drapeau la bandera era una prenda de uso doméstico, en “Segunda piel” salía a la calle sobre el cuerpo de Otero Alcántara.
Otras acciones suyas, como el performance Welcome to Yumas, que realizó como una actividad paralela a la Bienal de La Habana de 2015, con apoyo del Centre Pompidou, y que interpelaba irónicamente el ambiente folclorista y desmemoriado de la normalización diplomática entre Estados Unidos y Cuba, también molestaron a las autoridades. Pero nada como la irritación oficial que causan sus denuncias del decreto 349 o la Ley de Símbolos Nacionales.
El más reciente arresto de Otero Alcántara, el pasado domingo 1 de marzo, esta vez no preventivo o temporal sino con el fin de procesarlo por medio de un “juicio sumario” y condenarlo formalmente a prisión, se basó en una aplicación judicial retroactiva de esa Ley de Símbolos Nacionales. Más bien, no de la ley misma que, por lo visto, no ha entrado en vigor todavía, sino de una interpretación particular del reflejo de dicha ley en el Código Penal.
La mencionada ley no prohíbe que la bandera se use como prenda de vestir. El artículo 33 dice que se “puede usar en vehículos, portar en actos públicos y exhibir en residencias y trabajos”. El 43 prohíbe utilizarla como “telón, colgadura, cubierta, lienzo, tapete o mantel”. También dice que no puede aparecer en “marcas, símbolos o propagandas comerciales”, cosa que hacen constantemente las instituciones turísticas y culturales. El 75, de hecho, autoriza la bandera como prenda de vestir, pero no para “formar parte de pantalones, sayas, pañuelos, ropa interior o de baño”. Los usos que Otero Alcántara da a la bandera cubana son legales.
La primera sesión del juicio, prevista para el pasado 11 de marzo, fue suspendida, y el viernes 13 en la noche el artista fue liberado. La importante reacción interna y externa contra el injusto encarcelamiento puso en evidencia la fragilidad del caso. Desde el arresto preventivo hasta el cargo de “ultraje a los símbolos nacionales”, todo el proceso contra el artista fue visiblemente inconstitucional e ilegal.
El error del gobierno cubano fue inocultable y quedó al descubierto en las pocas declaraciones oficiales, casi todas de funcionarios del Ministerio de Cultura. Directa o indirectamente, esos funcionarios justificaron la prisión de Otero Alcántara con argumentos que no forman parte de la causa misma (financiamiento del exterior, falta de calidad artística y hasta tráfico de armas) o con estereotipos homofóbicos y racistas que retratan la mentalidad cada vez más conservadora de esa élite del poder. Quienes se limitaron a justificar el proceso por el supuesto “ultraje a símbolos nacionales” tampoco pudieron esclarecer judicialmente en qué momento el arte político de Otero Alcántara se vuelve delictivo.
El error fue tan evidente que la mayoría de la comunidad artística e intelectual de la isla no respaldó o se opuso al encarcelamiento. Esta vez, la típica construcción de un enemigo gigantesco y fantasioso, que incluye a Estados Unidos, la Unión Europea, el exilio cubano y la oposición de la isla, no funcionó. La cárcel de Luis Manuel Otero Alcántara fue rechazada por una irreductible multiplicidad de voces, donde se juntaron oficialistas y disidentes, reformistas y exiliados. Esa alianza fue la que logró que el Estado rectificara. Al menos por ahora.
La rectificación, sin embargo, no opera en el fondo sino en la forma del proceso. Los cargos de “ultraje a los símbolos nacionales” y “daño a la propiedad” contra el artista se mantienen. Luis Manuel Otero Alcántara ha sido fabricado como enemigo por el poder cubano y esa condición, como sabemos, es irreversible. Cuando los tribunales retomen el caso será preciso reactivar la movilización de la comunidad artística e intelectual. La nueva Constitución cubana tiene múltiples limitaciones, pero puede ser utilizada como instrumento de contención de las prácticas arbitrarias de la ley.
(Santa Clara, Cuba, 1965) es historiador y crítico literario.