El sistema penal acusatorio a un año de su implementación

Muy poco ha cambiado en el primer año de funcionamiento en todo el país del sistema penal acusatorio: persisten vicios y resistencias en las instituciones encargadas de hacerlo funcionar. Es necesario tomar nota de estos obstáculos para que la apuesta por este marco legal sea exitosa.
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Hace un año escribí sobre el sistema acusatorio, para explicar los principios que lo rigen y resolver las principales confusiones sobre el mismo a unos días de su implementación a nivel nacional. Escribo ahora tres reflexiones sobre lo que ha ocurrido en este primer año de funcionamiento.

La primera: el cambio de sistema y su consecuente implementación no puede resolver por sí mismo problemas estructurales y culturales fuertemente arraigados en nuestras instituciones. Por supuesto que sirve cambiar las reglas procesales, pero junto con éstas, debe cambiar la práctica. No basta con aprender la teoría, hay que entenderla y quererla aplicar.

La lógica del sistema acusatorio es simple: apego al debido proceso y los derechos humanos, roles definidos que se comunican y trabajan armónicamente, desformalización de viejos esquemas burocráticos, transparencia y publicidad, control de gestión, rapidez razonada, atención a las víctimas, en fin: reglas claras en un lenguaje sencillo, porque la justicia penal es para la sociedad.

No es nada complicado familiarizarse con el nuevo procedimiento, menos para las y los operadores del sistema, acostumbrados a los términos procesales. De hecho, en otros países latinoamericanos como Chile, ese mismo sistema fue impulsado por la sociedad civil, que lo comprende y hace uso del mismo. ¿Por qué si es tan sencillo seguimos sin entenderlo? Porque de todos los cambios que deben hacerse al implementar un nuevo sistema, el cultural es el más difícil. No es que las y los operadores no lo entiendan, es que quizá, no lo quieren entender.

La segunda reflexión, es que se ha utilizado al nuevo sistema como la justificación preferida de las fallas institucionales. Es más fácil culpar a un nuevo sistema de ser “hipergarantista”, que reconocer que tenemos un problema serio en las instituciones de justicia penal y de seguridad pública. Así, se considera que el sistema acusatorio es laxo y se excede en la protección de los derechos humanos. Nada más erróneo: no puede haber un exceso en los derechos humanos, estos se observan o no conforme a los tratados internacionales y los estándares constitucionales. Están o no están pero no podemos llevarlos al extremo. Los derechos humanos no son negociables, atenuables, excesivos, ni se someten a consulta o votación. Son claros y puntuales, además de obligatorios para el Estado mexicano. En el Código Nacional de Procedimientos Penales, norma procesal que regula el procedimiento penal en todo el país, no hay un solo principio de debido proceso alusivo a un derecho humano, que rebase lo señalado por los instrumentos internacionales. Tampoco hay uno solo que no querríamos tener si nosotros estuviéramos en calidad de personas detenidas o acusadas. Tengamos esto  siempre en mente: debemos tener un sistema que no nos aterrorice cuando participemos en él de cualquier forma.

En la última reflexión, debemos mencionar que el cambio del sistema no ha sido igual en todo el país. Algunos estados han tomado la implementación con seriedad y con la certeza de que es un largo camino por recorrer, pero que cada paso debe darse con firmeza, mientras que otros, quizá por no comprenderlo, han preferido distanciarse de él y achacarle todos los males. Desde el principio se han escuchado voces que exigen una contrareforma, un regreso al sistema anterior; voces a las que sería oportuno preguntarles si conocen los datos verificables de impunidad, ineficacia e ineficiencia de dicho sistema, o si se han puesto a pensar en el enorme esfuerzo presupuestario, académico, administrativo y operativo que se tiraría por la borda.

Entonces, ¿podemos considerar que el cambio ha sido positivo? Sí y no. Definitivamente es mejor tener normas procesales progresistas, congruentes con un sistema democrático que se preocupa por respetar el debido proceso y los derechos humanos. Claro que es motivo de festejo leer en nuestra legislación los derechos de las víctimas, los límites a la actuación de la autoridad, los principios que nos garantizan un juicio público y transparente, una sentencia basada en pruebas lógicamente valoradas, una justicia penal en la que podamos confiar.

Lamentablemente, cambiar las reglas no necesariamente cambia a los jugadores. Lo que podemos observar un año después es que, en realidad, muy poco ha cambiado. Siendo justos, un cambio tan grande no puede reportar resultados a tan corto plazo, pero si queremos que esos resultados existan en el futuro, no parece que estemos en el camino adecuado. La mentalidad con la que actualmente se opera el sistema dista mucho de la impecable lógica del mismo. Permanecen vicios que fácilmente podrían desaparecer, prevalece una visión burocrática de las actividades procesales, seguimos discutiendo cuál es el rol de las policías – aún cuando la teoría es clarísima en ese punto–. En fin, podemos observar con claridad que no se trata de un problema operativo, es de cultura institucional. Basta con que a un mando medio o superior no le guste el nuevo sistema, no le parezca adecuado, no le interese o, peor aún, no lo comprenda, para que toda un área no funcione

El sistema acusatorio es viable: funciona en países con muy diversas culturas y costumbres. ¿La principal apuesta para su funcionamiento? El tiempo y las nuevas generaciones. Gradualmente irán entrando a las instituciones de procuración y administración de justicia personas cuya formación nunca tuvo contacto con el sistema anterior. Esto no garantiza que el sistema funcione en el futuro: no existe ningún sistema de justicia penal blindado contra su mal uso, eso depende de nosotros. ¿Vale la pena seguir impulsándolo? Desde luego que sí. Dar marcha atrás sería desperdiciar una de las oportunidades más grandes que tenemos para vivir en un mejor país.

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Doctora en Derecho por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Es investigadora y catedrática del Instituto Nacional de Ciencias Penales y profesora de la licenciatura en ciencia forense de la UNAM


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