Foto: David Peinado/ZUMA Press Wire

La política migratoria de México augura nuevas tragedias

La muerte de 39 migrantes en Ciudad Juárez es el resultado de una política migratoria cuyo objetivo es detener el tránsito de personas a toda costa, y que criminaliza a quienes buscan una vida mejor.
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No es noticia que los cuerpos de las personas migrantes no valen para el gobierno mexicano más que como monedas de cambio. Luego de la muerte de 39 migrantes la noche del lunes 27 de marzo en un centro de detención operado por autoridades migratorias en Ciudad Juárez, Chihuahua, el presidente declaró que esas mismas personas eran responsables de su muerte. El Instituto Nacional de Migración publicó un comunicado en el que dice que “rechaza enérgicamente los actos que derivaron de esta tragedia”. El secretario de Gobernación apuntó el dedo a la Secretaría de Relaciones Exteriores. En otras palabras, nadie se hizo responsable de las muertes de migrantes en custodia del Estado.

Esta tragedia no es un hecho aislado. Es producto de una política migratoria cuyo objetivo es detener el flujo de personas a todo costa, aún si ello cuesta vidas. México está atravesado por la migración hacia Estados Unidos. Pasamos  de ser un país expulsor y de tránsito a ser un país receptor de migrantes. Históricamente, Estados Unidos ha demostrado un activo desprecio de los cuerpos pobres y racializados que buscan mejores condiciones de vida y protección internacional en su territorio. A partir del gobierno de Donald Trump y el endurecimiento de las políticas migratorias en el norte, México empezó a ser visto por las personas migrantes y solicitantes de asilo como un país de destino.

Las actuales políticas migratorias en México han sido impuestas como una consecuencia de las relaciones comerciales y políticas entre México y Estados Unidos: más vale seguir siendo amigos, y eso lo podemos conseguir si el territorio funciona como zona de contención. Para eso son necesarias dos cosas. Por una parte, que el sistema migratorio mexicano esté diseñado y equipado de forma tal que se convierta en una fuerza represiva que incluso imita prácticas de agencias como el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (en inglés, ICE). Por otra, que México institucionalice políticas de contención, como ha hecho recientemente al aceptar de facto ser un “tercer país seguro” para recibir personas que han sido expulsadas desde Estados Unidos, que de ese modo ni siquiera se tiene que preocupar por deportarlas a sus países de origen.

La política migratoria mexicana se manifiesta, entre otros elementos, en la “detención migratoria”, que es la privación de la libertad que hace el gobierno de las personas extranjeras, sin importar las razones por las que están migrando, a fin de controlar su movilidad. Es una práctica basada en el racismo, la xenofobia y la discriminación que, además de criminalizar a la población migrante, tiene consecuencias físicas y psicológicas irremediables. No es casualidad que el actual Comisionado del INM sea una persona cuya experiencia profesional se centra en la administración carcelaria. En México la detención migratoria es un procedimiento administrativo, y dice la ley que estar en territorio nacional de manera irregular no es un delito. Pero no queda espacio para la confusión: quienes están bajo detención migratoria son tratados como delincuentes.

México tiene el mayor sistema de detención migratoria en América Latina. Existen en el país dos tipos de centros de privación de la libertad: las estaciones migratorias y las estancias provisionales.1 Las primeras son instalaciones donde la gente es detenida hasta por 15 días; en algunas excepciones, la detención puede ser hasta de 60 días e incluso de duración indeterminada. En las estaciones provisionales –como aquella donde ocurrieron los hechos en Ciudad Juárez, y a las que a veces se refiere cómo “el cuartito” o “la burbuja” en los aeropuertos–, las personas detenidas pueden estar hasta 48 horas o hasta 7 días.

Los estándares de derecho internacional señalan que la detención migratoria debe ser siempre excepcional, un último recurso que se utiliza cuando ya se han explorado todas las alternativas para el caso concreto, y puede ser aplicada únicamente cuando es razonable, proporcional y tiene un fin legítimo, por ejemplo, cuando la persona representa un peligro para sí misma o para la seguridad pública. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el 15 de marzo pasado que los períodos de detención establecidos en la ley son inconstitucionales y que en realidad deberían ser de 36 horas. Eso no ocurre. Conozco casos de primera mano, y casos que han litigado diversas organizaciones, de personas que han sido privadas de su libertad en “el cuartito” del aeropuerto de la Ciudad de México durante 60 días, mientras que en las estaciones migratorias pueden incluso pasar años.

La Ley de Migración llama alojamiento a la detención migratoria: ejemplar uso de eufemismos. Dice también que no se podrán utilizar como centros de detención lugares de encarcelamiento o cualquier otro inmueble que no cumpla con las características mínimas que garanticen condiciones de seguridad y respeto a derechos humanos.

Organizaciones de la sociedad civil, representantes legales y activistas hemos denunciado en numerosas ocasiones las condiciones infrahumanas de las estaciones y estancias. Cuando las personas extranjeras ingresan son despojadas de todos sus artículos personales e incomunicadas totalmente. No se les explican sus derechos ni opciones de regularización migratoria efectivas, son obligadas a firmar documentos cuyo contenido no se les explica. Son alimentadas con comida en estado deplorable –si están en el aeropuerto y tienen suerte, les toca comida de aerolínea–, tienen acceso escaso o nulo a servicios médicos, permanecen en condiciones de hacinamiento, sin ninguna privacidad, en colchonetas llenas de insectos y ni para qué hablar de higiene y mucho menos de menstruaciones dignas. ¿Eres parte de alguna disidencia sexo genérica? Al menos en la estación migratoria de la Ciudad de México te mandarán a la Zona C, donde detienen a las personas enfermas. La deportación exprés es de todos los días: sin análisis de casos concretos, sin representación legal, sin explicaciones entendibles.

El Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración, órgano consultivo y de apoyo para la gestión de la política migratoria, solicitó al Instituto un informe sobre el incendio en Ciudad Juárez, así como un informe general sobre la situación de los centros de privación de la libertad de personas migrantes en territorio nacional. Al ponderar este caso, debemos poner atención no sólo en las condiciones de la detención, sino también en cuánto tiempo llevaban detenidas estas personas, si habían solicitado asilo, si estaban separados de sus familias. Y más aún, ¿qué  iba a pasar con estas personas? ¿Estaban prontas a ser liberadas? Otra práctica común del INM es detener personas para luego trasladarlas al sur y hacerlas cruzar a Guatemala sin importar su nacionalidad ni las razones por las que salieron de sus países.

En México, todos los días se ejecutan redadas, se instalan retenes, se hacen inspecciones en autobuses, se usan efectivos militares para detener a toda costa a las personas migrantes. En otras palabras, se ejecuta una política de persecución. Lo que ocurrió en Ciudad Juárez no es producto de circunstancias excepcionales, y probablemente no será la última tragedia que lamentemos mientras no logremos la abolición total de la detención migratoria. Para eso, y para que no haya otros cuerpos calcinados, se necesita voluntad política. La que se esperaría de un gobierno que se dice humanista. ~


1 Consultar Ley de Migración (artículos 99 a 111), Reglamento de la Ley de Migración (artículo 222 a 239) y el Acuerdo por el que se emiten las Normas para el funcionamiento de las Estaciones Migratorias y Estancias Provisionales del Instituto Nacional de Migración.

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Abogada por la Universidad Nacional Autónoma de México. En su práctica de litigio trabaja principalmente casos estratégicos en materia de asilo y acceso a la justicia.


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