Foto: Presidencia de la república

Ley de amnistía, una buena idea mal planteada

La ley de amnistía luce como una medida bienintencionada que podría evitar que personas inocentes continúen presas, pero es insuficiente para garantizar la justicia a los grupos más vulnerables.
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Una de las propuestas de campaña más polémicas de López Obrador fue la Ley de Amnistía. En aquel entonces, sus contrincantes la consideraron una vía para otorgar el “perdón” a los delincuentes, lo que encendió focos rojos en varios sectores de la sociedad. Más de un año después, la Ley de Amnistía es una de las prioridades del Ejecutivo durante el nuevo periodo de sesiones del Congreso. Aunque a primera vista luce como una medida bienintencionada que podría evitar que personas inocentes continúen presas, es insuficiente para garantizar la justicia a los grupos más vulnerables. Sin una reforma total al sistema penitenciario, la ley de amnistía es un esfuerzo superficial y aislado donde los beneficiarios serán solamente algunos cientos.

La mañana del 15 de septiembre, el presidente entregó a Mario Delgado la iniciativa de Ley de Amnistía. En la exposición de motivos, el presidente declaró “en nuestro sistema jurídico, la amnistía es un instrumento del que dispone el Estado, a través del Poder Legislativo de la Unión, para otorgar a ciertas personas indiciadas o privadas de su libertad el perdón por actos delictivos, de tal forma que puedan reintegrarse a la vida en sociedad”. Los beneficiarios de esta ley serían los acusados de delitos menores y que no son reincidentes, entre ellos, indígenas que no gozaron de un proceso justo por no contar con traductores y defensores en su lengua, mujeres que decidieron abortar y los médicos y parteras que las asistieron, presos políticos y personas en situación de pobreza o extrema vulnerabilidad que fueron presionadas por el crimen organizado o por sus parejas para cometer ilícitos, como robo o narcomenudeo. Quienes hayan usado armas de fuego o sido responsables de secuestro, violencia u homicidio o de los delitos a los que hace referencia el artículo 19 no podrán gozar de amnistía. Cabe aclarar que la ley no contempla delitos futuros, sino aquellos delitos por los que fueron condenados antes de su promulgación. Además, ningún beneficiario de amnistía podrá ser detenido o procesado por los mismos hechos.

Durante la campaña presidencial, el presidente se comprometió a realizar una consulta ciudadana y mesas de discusión con expertos y víctimas para conocer su opinión sobre el tema. El proyecto de ley se discutirá en estas semanas, pero dicha consulta nunca tuvo lugar, mientras que en los Foros para la Pacificación y la Reconciliación que se hicieron hace un año, familiares de víctimas y representantes de organizaciones civiles pidieron replantear la medida para evitar la impunidad y la revictimización.

La iniciativa que la Cámara de Diputados turnó a comisiones para su análisis presenta algunas diferencias en comparación con la propuesta de campaña que Loretta Ortiz promovió en los medios de comunicación. En el planteamiento original, la amnistía formaba parte de la estrategia de construcción de paz dentro del marco de justicia transicional. Ahora, el proyecto no plantea una reforma al sistema judicial ni se menciona la necesidad de contar con una justicia transicional. A su vez, la primera propuesta contemplaba procesos de esclarecimiento de la verdad, programas de reconciliación comunitaria y la reparación del daño, pero ninguno de estos puntos se encuentra plasmado en el documento que el presidente entregó esta semana a los diputados. Solo se propone la liberación pero no hay un plan de reintegración a la sociedad ni de seguridad para evitar que grupos criminales tomen represalias en su contra. Quizá una de las diferencias más notables es que en un inicio se contempló la creación de un órgano independiente y autónomo conformado por ciudadanos, el cual se encargaría de revisar y autorizar las solicitudes de amnistía, así como de de dar seguimiento a sus beneficiarios. En la iniciativa del presidente, la Fiscalía General de la República es la institución facultada para su aplicación, mientras que para los delitos de sedición la secretaría de Gobernación determinará si alguien es acreedor a amnistía o no. Ninguna de las dos propuestas consideran al Poder Judicial como la autoridad responsable de otorgar la amnistía.

Esta sería la tercera Ley de Amnistía que se promulga. La primera fue en 1978 en favor de las personas que fueron encarceladas por delitos de sedición durante la “Guerra Sucia” de la década de los setenta y la segunda en 1994 para liberar a los integrantes del Ejército Zapatista de Liberación Nacional que fueron detenidos en Chiapas en enero de aquel año. No obstante, sin necesidad de una ley especial, la amnistía ya está planteada en el artículo 73 Constitucional. El Congreso tiene la facultad de conceder amnistías “por delitos cuyo conocimiento pertenezca a los tribunales de la Federación”. Por lo tanto, no es un recurso innovador dentro del orden jurídico mexicano.

Pese a que el presidente ha insistido en que su iniciativa busca beneficiar a la “gente humilde”, la realidad es que los términos que se usan en la iniciativa para describir a los posibles beneficiarios son imprecisos y podrían provocar una aplicación arbitraria de la ley. Además, el proyecto solo contempla los delitos del fuero federal, cuando son pocos los casos de aborto, robo simple o narcomenudeo de este tipo. Sin embargo, el proyecto mandata a la secretaria de Gobernación a iniciar un exhorto a los gobiernos y congresos estatales para que adopten una ley de amnistía similar a la federal que cubra los delitos realizados dentro de sus territorios. De acuerdo con Cristina Reyes Ortiz, abogada senior del programa de Política de Drogas de México Unido contra la Delincuencia, la principal beneficiaria de la iniciativa presidencial es la FGR, “pues de tajo elimina la carga de trabajo de estos casos, pero, sobre todo, el rezago”.

Por otro lado, resulta contradictorio que se promueva una amnistía para sacar de la cárcel a quienes hayan cometido delitos menores, mientras el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva se ha incrementado. Lo que tendría como resultado que más personas pisen la cárcel antes de que se demuestre su culpabilidad o se realicen las investigaciones necesarias. El propio gobierno está frustrando su objetivo de impedir que personas en condiciones de pobreza permanezcan privadas de la libertad.

En su cruzada por la pacificación del país y la reconstrucción del tejido social, el presidente López Obrador apuesta por la amnistía. Pero ha perdido de vista que este mecanismo no funciona por sí solo. Su iniciativa olvida el papel de los tribunales, carece de claridad en cuanto a las características de los posibles beneficiarios y los tipos de delitos que cometieron y no plantea qué ocurrirá una vez que sean liberados. De ejecutarse como está planteada, se desaprovecharía la oportunidad de garantizar el acceso a la justicia a todos los mexicanos.

 

Con investigación de Karla Sánchez.

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