Hace pocos días fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la famosa reforma constitucional en materia electoral. ¿Por qué volver a un tema que se discutió y consumó el 11 de septiembre? Tal vez la intención de los editores de Letras Libres sea ofrecer un balance a la distancia. No ha sido fácil, para unos y para otros, digerir la ira y el júbilo que despertó la reforma.
La reforma electoral es producto del tiempo que vivimos. No puede entenderse al margen de las inercias que heredan a México los últimos seis años. Parecería que un golpe al IFE y a los medios era presupuesto de validez del discurso del PRD. Convenientemente sumado al resentimiento de algunos dirigentes del PRI con los medios que transmitieron las desfachateces de Arturo Montiel y con el IFE que próximamente volverá a sancionarlos por rebasar topes de campaña, el rencor se convirtió en mayoría.
Sobre estos rencores se asoma un elemento que los articula y los hace coincidir. Se trata de un revés a la inercia en que envolvió Vicente Fox al Estado mexicano. Se dice y se acepta que Fox entregó el Estado a medios y empresarios. Y se presume que parte de la reforma electoral es un golpe de timón que pretende arrebatárselo. Hay una intención indiscutible de reconstruir equilibrios entre el poder público y los poderes fácticos. Una intención que puede ser legítima y apropiada, pero que siempre acarrea el riesgo de caer en excesos y limitar la libertad.
Así, una reforma de claroscuros está muy cerca de ser parteaguas de una nueva forma de hacer política en México. Como todo, implica avances y costos importantes para la institucionalidad electoral en el país.
I. Se reduce la duración de las campañas electorales, a noventa días en el caso de la contienda presidencial y sesenta en el de las legislativas. Además, se limita por primera vez la duración de las precampañas, que serán de sesenta días para presidente y de 45 para legisladores. Una medida positiva, que permitirá concentrar el mensaje y evitará cansar al electorado con campañas que han llegado a durar prácticamente un año.
II. La reforma destina en forma exclusiva los tiempos del Estado y los tiempos fiscales a los procesos electorales, usando adecuadamente un recurso del Estado para sus fines prioritarios. Como veremos más adelante, sin embargo, esta medida tiene muchos problemas que deberán resolverse en la legislación secundaria.
III. Se prohíbe la promoción personal de gobernantes a través de los medios estatales de comunicación social. Es decir que ya no veremos la cara de los gobernadores presumiendo la obra pública, ni tendremos que sufrir nunca más un espot del presidente hablándole a su pueblo para ganar popularidad o influir en preferencias electorales. Esta prohibición es absoluta, por lo que no se limita a campañas y abarca a cualquier funcionario público en el país.
IV. Se establecen renovaciones escalonadas del Instituto Federal Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en abono indiscutible de la fortaleza institucional de ambos órganos. Curiosamente, la reforma tiene un transitorio que cesa de sus cargos a tres consejeros electorales del IFE, mientras que para el caso del Tribunal Electoral simplemente remite a lo que se establezca en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Así que el escalonamiento urgía en el IFE, y no en el TEPJF, cuyos actuales magistrados terminarán primero su periodo y posteriormente se iniciará su escalonamiento, como debió haber ocurrido con los consejeros electorales.
V. Un elemento positivo adicional, que tuvo poca presencia en la deliberación pública, es la eliminación de la facultad de la Suprema Corte de Justicia para investigar lo que la Constitución llamaba “violaciones graves al voto público”; una atribución que no tenía ya ninguna justificación, y sí muchos riesgos, contando con un órgano jurisdiccional en materia electoral como es el Tribunal Electoral.
Los avances son tan claros como los costos y retrocesos que implica la reforma, y que sus autores se empeñan en defender a capa y espada:
I. En primerísimo lugar, es absolutamente insostenible que la reforma se haya usado para decapitar al IFE y mermar su autonomía. El IFE era de los ciudadanos y no de los partidos, y la jerarquía política del país decidió retomar su control. ¿Cómo?
1. En primer lugar, el rencor del PRD, el interés futurista del PRI y la inexplicable cooperación del PAN (que no pudo entenderse sino a la luz del quid pro quo fiscal) lograron violentar la inamovilidad de los consejeros electorales. Removieron a tres, incluyendo al consejero presidente, y además adelantaron la salida de otros tres para 2008. La inamovilidad es condición indispensable para que exista autonomía en el órgano. Después de este golpe, no habrá consejero electoral que no esté consciente de que pelearse con los partidos le puede costar el puesto.
2. En segundo lugar, se modificó en forma curiosa el periodo de gestión del consejero presidente. El nuevo funcionario será nombrado por seis años, con posibilidad de ser electo para un nuevo periodo. Esto, en los hechos, implica que la Cámara de Diputados nombrará un consejero presidente por doce años, pero con una sutil aduana a mediados de su periodo, para que los diputados y sus partidos puedan evaluar si se portó bien. Estoy convencido de que la única forma en que la nueva cabeza del IFE podrá actuar con autonomía es si renuncia a esta posible reelección desde el primer día de su gestión. Sólo así, con un acto de dignidad política, podría enviarse una señal clara a los partidos: al consejero presidente lo último que debe importarle es que lo reelijan sus propios regulados.
3. En tercer lugar, se creó con pocos fundamentos la figura de un nuevo contralor general del IFE nombrado directamente por los diputados. Curiosamente, también con periodos de seis años y reelección posible. ¿Con qué funciones? Fiscalizar al interior del IFE el ejercicio de los recursos, con lo que evidentemente se violenta la autonomía y se crea una instancia de control intermedio entre el Consejo General del IFE y la Auditoría Superior de la Federación (que, por cierto, ya audita el ejercicio presupuestal del IFE).
4. Adicionalmente, la reforma omite otorgar al IFE medios de defensa de su autonomía, notoriamente el derecho a plantear controversias constitucionales ante la Suprema Corte de Justicia. ¿Olvido conveniente?
II. La reforma, que se discutió en un par de días, estableció nuevos parámetros para el ejercicio de la libertad política en México. ¿Por qué? Sencillamente porque cosas que antes se podían hacer, ya no estarán permitidas. La próxima vez que el Constituyente Permanente establezca límites a las libertades públicas de que gozamos todos, sería deseable que nos inviten a deliberar con mayor profundidad. Me refiero en concreto a:
1. La prohibición de contratar anuncios en medios electrónicos que puedan “influir en las preferencias electorales, ni a favor o en contra de partidos o candidatos”. Esta es una norma con destinatario evidente que, sin embargo, aplicará para todos. Hay que reconocer que ya había una disposición similar en el Cofipe, que ahora se eleva a rango constitucional. La pregunta, sin embargo, es si en realidad estamos todos de acuerdo en que nadie, bajo ninguna circunstancia, pueda pagar espots con contenido político durante campañas electorales. Porque, además de los “empresarios”, también estarán limitadas todas las organizaciones de la sociedad civil para hacer uso de la radio y la televisión en impulso de sus agendas. Más aún, llama la atención que la prohibición sea sólo para los electrónicos, y no aplique para espectaculares, diarios escritos y otros medios.
2. Las constituciones se escriben pensando en el futuro, y no sólo en el pasado. Además, las constituciones “abiertas” son siempre preferibles a las “cerradas”. Estoy convencido de que habrá en el futuro casos distintos al 2006, donde extrañaremos la posibilidad de pagar un espot para decir algo importante.
III. Se cambió el modelo de campañas políticas que veníamos utilizando, prohibiéndose las llamadas campañas negativas. El texto del nuevo Artículo 41 indica que no estarán permitidas “expresiones que denigren a las instituciones y a los partidos, o que calumnien a las personas”. ¿Qué es denigrante? ¿Un espot que utilice un hecho público comprobado –como el grosero enriquecimiento de Montiel, por ejemplo– será considerado como tal? Mejor aún, ¿un anuncio que indique en 2009 que el presidente Calderón no cumplió con tal o cual compromiso de campaña, será denigrante para las instituciones? Son muchas preguntas en infinidad de casos, que ahora tendrá que resolver el nuevo IFE con las reglas que el Congreso establezca en el Cofipe. Al margen de los detalles, con la reforma la crítica será monopolio de los espacios noticiosos de los medios. Así que quien quiso limitar a los medios, acabó por incrementar su poder.
IV. No hubo medida alguna para transparentar el gasto de partidos políticos y hacerlos sujetos obligados de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
V. Esta reforma incrementará exponencialmente el número de espots que transmitirán los partidos en sus campañas. Cuarenta y ocho minutos diarios por estación implica que cada estación de radio y televisión tendrá que transmitir 96 espots de medio minuto diariamente. Con cerca de mil quinientas estaciones de radio y más de trescientas estaciones de televisión, tendremos un flujo de cuando menos 172,000 espots diarios, que en sesenta días de campañas para diputados darían un frívolo total de más de diez millones de espots, 85% de los cuales serán para los partidos. ¿Cuál “desespotización” de las campañas?
VI. A esto hay que agregar que los legisladores distribuyeron un recurso absurdo, que son los tiempos. No es necesario ser experto en planeación y estrategia de comunicación para saber que el recurso escaso a distribuir son las audiencias. Tendremos muchos problemas en el futuro con esta medida, que acaba de derogar de un plumazo la planeación de las campañas en términos de audiencias, frecuencia y alcance.
La reforma constitucional en materia electoral deja a su paso aprendizajes importantes. Es deseable que la próxima reforma política gire en torno a la ciudadanía como eje rector, y no a los partidos como sujetos interesados. También vale la pena apuntar que los perjuicios del desastre foxista están comenzando a presentarse. Y que, ante todo esto, los ciudadanos no podemos renunciar a nuestro derecho a la indignación, a la lucha por la libertad y a la consolidación de instituciones en las que nos veamos todos reflejados. ~
(ciudad de México, 1977) es analista político. Escribió, con Miguel González Compeán, el libro Jurisdicción y democracia.