Marca registrada

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Dado que la Srita. Juana de Asbaje y Ramรญrez, conocida como Sor Juana Inรฉs de la Cruz, trabajรณ de monja en un convento de la Orden de San Jerรณnimo de la ciudad de Mรฉxico, y dado que dicho convento pertenecรญa a la diรณcesis y por tanto al arzobispado, a su vez propiedad de la Iglesia catรณlica, legalmente administrada por el papa obispo de Roma, se extiende este

CERTIFICADO DE PROPIEDAD

รบnica, legal y certificada a la supracitada Iglesia Catรณlica S. A. de C. V. (en lo sucesivo la Propietaria) sobre la antedicha Sor Juana Inรฉs de la Cruz (en lo sucesivo, el Producto), que en el siglo llevรณ el nombre de Juana de Asbaje y Ramรญrez, asรญ como todo lo relacionado con ella, su vida, su obra, su historia, leyenda y apariencia fรญsica.

Se declara en vigor la Marca Registrada que otorga a la dicha Propietaria los derechos de explotaciรณn y control sobre el Producto Sor Juana, y las obligaciones y derechos que se derivan de la posesiรณn de la marca por lo que en lo sucesivo, y de acuerdo a las leyes vigentes de la propiedad de marcas y productos, la Propietaria podrรก agregar al nombre del Producto el abreviado signo “®”.

La Propietaria registra del mismo modo el derecho que la asiste a regular el uso que se haga de vida, obra y apariencia del Producto “Sor Juana®”, por lo que asume tambiรฉn como propiedad exclusiva suya:

รtem 1) Los diversos apelativos que se adjudican o adjudicaron o serรกn adjudicados a su Producto, tales como “Sor Juana Inรฉs”, “Sor Juana Inรฉs de la Cruz”, “Dรฉcima Musa”, “La Dรฉcima Musa”, “La Monja”, “La Monja de Nepantla”, “La Monjita aquella”, “Juana de Nepantla”, “Juana de Asbaje”, “Juana de Asbaje y Ramรญrez” y “Juana a secas”.

รtem 2) La apariencia fรญsica de “Sor Juana®”, en su todo y en sus partes, pintada, dibujada o grabada por cuanto artista plรกstico sagrado o profano hubiese existido o existiere en lo futuro, por cualquier medio de reproducciรณn mecรกnica o digital, incluyendo el hรกbito de las monjas jerรณnimas, su medallรณn policromado y su rosario.

รtem 3) Todo verso, poema, obra teatral, canto, soneto, lira, octavilla, romance, tocotรญn, carta, discurso o lo que fuere que haya sido escrito por “Sor Juana®” o sea adjudicable a su puรฑo y letra, o bien a su pluma, o a ella.

Por todo lo cual, cualquier empresa, ciudad, maestro, alumno, lector, editor, comentarista, crรญtico, pintor, cineasta o similares que desee pronunciar el nombre, leer la obra o mirar la imagen de “Sor Juana®”, deberรก contar con la aprobaciรณn escrita y certificada de los propietarios legรญtimos y legales de la marca registrada, y desde luego pagar por el uso de derechos de lectura o comentario o mirada, so pena de ser denunciado por la Propietaria y llevado a los tribunales de lo contencioso administrativo.

Como esta resoluciรณn es retroactiva al dรญa del nacimiento de la Propietaria (aรฑo 0033), se advierte a quienes han explotado la persona, nombre, obra o imagen de “Sor Juana®” por cualesquier medio impreso o visual o verbal o urbanรญstico, se presenten a la brevedad a tramitar los pagos inherentes a dicha explotaciรณn llevando los documentos vigentes y legales siguientes: comprobantes de pago de diezmos y primicias de 1900 a la fecha; acta de bautizo, de confirmaciรณn, de primera comuniรณn y de defunciรณn; constancia de buena conducta; certificado de no antecedentes penales, de no adeudo con la Biblioteca Central, de santa varonรญa y de capacidad suficiente para entender temas literarios, bรญblicos, teolรณgicos y eucarรญsticos segรบn las especificaciones fijadas por la Propietaria.

Esta disposiciรณn incluye a:

1) Los comentaristas, exรฉgetas, historiadores y estudiosos que hayan dicho o escrito el nombre de “Sor Juana®” de 1700 a la fecha.

2) Todos los editores que hayan impreso en papel, pantalla o cualquier otro medio de reproducciรณn, cualquier asunto relacionado con la obra, la imagen o la vida de “Sor Juana®”.

3) Todos los lectores o espectadores de cualquier medio impreso o visual relacionado con “Sor Juana®”.

4) Todas las personas que en cualquier circunstancia hayan dicho, o vayan a decir, “Hombres necios que acusรกis” en voz alta o en voz baja.

5) Los alcaldes o munรญcipes o regentes en cuyas ciudades, pueblos o villorrios existan colonias, calles, callejones, plazas, parques, jardines, fuentes o albercas pรบblicas con el nombre “Sor Juana®” o sus derivados.

Finalmente, se suplica a las personas del asรญ llamado gรฉnero femenino, y a los varones que carezcan de tรญtulos profesionales, se abstengan de iniciar cualquier trรกmite ante los titulares de la marca registrada. ~

 

 

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Civitas Mexici, MMXV, Anno Iustitiae Literariae

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Es un escritor, editorialista y acadรฉmico, especialista en poesรญa mexicana moderna.


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