Estabilizar la ConstituciĆ³n

Nuestra ConstitucioĢn entra en detalles que no parecen dignos de una Carta Magna. Y ese detallismo favorece la inestabilidad.
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La ConstituciĆ³n tiene el halo sagrado de ser la Carta Magna del rĆ©gimen “emanado de la RevoluciĆ³n”. Y tambiĆ©n ley suprema, de la cual derivan las otras. Lo que entra a la ConstituciĆ³n se entroniza al mĆ”ximo nivel jurĆ­dico.

Por eso mismo, los que abogan por esto o por aquello buscan ese nivel para sus propuestas. El resultado es paradĆ³jico. Una constituciĆ³n manoseada fĆ”cilmente va perdiendo prestigio. Lo sagrado es intocable.

Desgraciadamente, los polĆ­ticos no ven la ConstituciĆ³n por encima de su polĆ­tica, como el marco supremo al que deben someterse; sino como un recurso modificable para el logro de sus propĆ³sitos.

La ConstituciĆ³n de 1917 no durĆ³ intacta mĆ”s que cuatro aƱos. En 1921 se reformĆ³ por primera vez, a la cual siguieron muchas otras.

La CƔmara de Diputados tiene en la web una lista de reformas de cada artƭculo hasta el 29 de mayo de 2021. Quedan pocos intactos: 21 de 136. En el extremo opuesto, el artƭculo 73 (sobre las facultades del Congreso) ha sido reformado 85 veces. En cien aƱos (1921-2021), los 136 artƭculos acumularon 763 reformas: casi ocho por aƱo.

La constituciĆ³n de los Estados Unidos tambiĆ©n ha sufrido enmiendas desde 1789, cuando entrĆ³ en vigor. Pero han sido 27 en 233 aƱos: 12 por siglo (no 763, como en MĆ©xico).

SegĆŗn el Instituto Belisario DomĆ­nguez del Senado, la ConstituciĆ³n original (1917) tenĆ­a 21,382 palabras. La de 2018 ya iba en 111,783: cinco veces mĆ”s. Y 25 mĆ”s que la americana (4,543 palabras).

Hay una relaciĆ³n entre brevedad y estabilidad. La brevedad impide el detallismo. El detallismo multiplica las oportunidades de cambio: favorece la inestabilidad.

Nuestra ConstituciĆ³n es prolija. Entra en detalles que no parecen dignos de una Carta Magna, sino de un reglamento de trĆ”nsito. Por ejemplo, el larguĆ­simo artĆ­culo 123 (de 19 pĆ”ginas) dice lo fundamental en el primer pĆ”rrafo: “Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente Ćŗtil; al efecto, se promoverĆ”n la creaciĆ³n de empleos y la organizaciĆ³n social de trabajo, conforme a la ley”. Pero, a continuaciĆ³n, se extiende en detalles que pudieran estar en la Ley Federal del Trabajo.

Ante el exceso de parches, se ha pensado en reescribir todo desde cero: hacer una nueva constituciĆ³n. Cabe soƱar en una tan breve, clara y concisa, que todo ciudadano pueda comprenderla y memorizarla. Pero el intento serĆ­a contraproducente. Organizar otro congreso constituyente desatarĆ­a una guerra de intereses (polĆ­ticos, econĆ³micos, sociales y extranjeros) de consecuencias impredecibles.

Venustiano Carranza, que organizĆ³ el EjĆ©rcito Constitucionalista (1913), llegĆ³ al poder (1914) y convocĆ³ el Congreso Constituyente de MĆ©xico (1916), querĆ­a Ćŗnicamente reformar la ConstituciĆ³n de 1857. Pero el proyecto se le fue de las manos, tomĆ³ vida propia y se transformĆ³ en algo inesperado: la ConstituciĆ³n de 1917.

El CĆ³digo de Hammurabi fue de las primeras legislaciones formuladas por escrito. QuedĆ³ cincelado en basalto para siempre y a la vista de todos. Ni Hammurabi podĆ­a modificarlo. Ventaja indudable, frente a las veleidades del poder personal, que hoy dice una cosa y maƱana otra. Pero los siglos no pasan en vano. Las sociedades evolucionan. El CĆ³digo de Hammurabi terminĆ³ como pieza del Museo del Louvre.

La ConstituciĆ³n mexicana no estĆ” escrita en basalto, sino en plastilina. Cambia constantemente. Es farragosa y no muy fĆ”cil de entender. Requiere expertos en interpretarla, que no siempre estĆ”n de acuerdo. Es imposible que todos los ciudadanos la comprendan y se la sepan de memoria.

Hay que pensar en una meta mĆ”s modesta: estabilizar la ConstituciĆ³n, frenando poco a poco la frecuencia de momentos de cambio. No es utĆ³pico. El mero hecho de que 21 artĆ­culos no han cambiado desde 1917 demuestra que, en algĆŗn grado, la estabilidad es posible.

Una manera de empezar serĆ­a reducir las sesiones legislativas extraordinarias (fuera del calendario) a una por sexenio. Y la aprobaciĆ³n de reformas constitucionales a uno de los dos perĆ­odos legislativos anuales.

Parece poco y lo es. Pero, reducir a tres meses cada aƱo la oportunidad de hacer cambios, obligarĆ­a a prever, fijar prioridades y buscar soluciones sin reformar la ConstituciĆ³n. FocalizarĆ­a la atenciĆ³n legislativa y presidencial. ReducirĆ­a el nĆŗmero de reformas a las mĆ”s necesarias. EstabilizarĆ­a.



Publicado en Reforma el 18/XII/22.

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(Monterrey, 1934) es poeta y ensayista.


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