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Hay leyes que regulan las encuestas: ¿el INE tiene la capacidad para hacerlas cumplir?

Las normas en materia electoral marcan criterios científicos exhaustivos para la realización de encuestas, sondeos y conteos, mismos que resultan inútiles si la autoridad electoral no cuenta con los recursos ni la capacidad para evaluar si las encuestadoras se apegan a ellos.
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En las elecciones presidenciales de 2006 y 2012, las encuestas fueron parte fundamental, y polémica, del debate público en torno a las campañas electorales. De ahí que la ley electoral de 2014 haya modificado y fortalecido las atribuciones que tiene el INE para regular las encuestas electorales, sondeos de opinión, encuestas de salida y conteos rápidos. Estas responsabilidades se consignaron en la Constitución (artículo 41), en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (artículo 123) y en el Reglamento de Elecciones (Capítulo VII), pero su cumplimiento ha sido atropellado y lleno de omisiones. De acuerdo con el Reglamento hay una serie de “criterios generales de carácter científico” que deben adoptar las personas físicas o morales que pretenden llevar a cabo estos ejercicios de opinión. Estos criterios, especificados en el anexo 3, pueden ser muy exhaustivos, pero resultan completamente inútiles si el INE no cuenta con los recursos humanos ni la capacidad técnica para evaluarlos.

Entre el 18 de agosto de 2017 y el 28 de enero de este año se han reportado ante el INE 46 encuestas publicadas en algún medio de comunicación. Al revisar con detenimiento los 46 “estudios completos” que por ley cada casa encuestadora está obligada a entregar a la Secretaría Ejecutiva del INE, lo primero que salta a la vista es lo disímiles que son estos reportes: cada empresa entrega lo que quiere o lo que puede, la calidad difiere mucho de un estudio a otro. No todas las empresas entregaron los cuestionarios completos, y aunque el anexo exige “el cuestionario o instrumentos de captación utilizados para generar la información publicada”, no es claro si los cuestionarios entregados al INE fueron la versión final o solo se reportaron las preguntas vinculadas a la intención de voto[1]. Es obvio que no es lo mismo levantar la intención del voto con una encuesta de seis preguntas que con una de setenta, y si el principio que rige esta regulación es la transparencia y la máxima publicidad, ¿por qué no entonces publicar el cuestionario completo? (una fea posibilidad es que las casas encuestadoras estén dobleteando información, esto es: le cobran al cliente y luego publican algunas partes de la encuesta a su propio nombre). Hay casos atípicos en los que es evidente que no existe ningún tipo de rigor metodológico: se reportan márgenes de error sin presentar la metodología que se utilizó para calcularlos. Hay incluso algunos estudios que reportan encuestas levantadas fuera de puntos de afluencia, donde solo se midieron tres reactivos, no se realizó una muestra representativa, y aun así los resultados se hicieron públicos.

Aunque no hay ninguna regulación específica respecto al costo económico que debe tener una encuesta, llama la atención que los montos sean tan dispares. Mientras que algunas cobran 300,000 pesos por una muestra de 1,000 casos con diez o doce preguntas, otras casas encuestadoras levantan más información por el mismo costo. El caso extremo son los más de dos millones de pesos que pagó El Universal por una encuesta de 6,400 casos.  

En la tabla que se presenta a continuación pueden apreciar algunos ejemplos de características de algunas de las 46 encuestas reportadas ante el INE (en caso de que quieras ver la tabla completa puedes encontrarla aquí): 

Si uno de los objetivos de regular las encuestas era “hacer valer el interés público de la equidad”, ya que estas han mostrado su potencial para “inducir comportamientos de actores electorales y ciudadanos con efectos, incluso, determinantes en la formación de la voluntad electiva de la sociedad”, el INE debe redoblar sus esfuerzos y hacer cumplir el reglamento que se implementó para tal fin.

El debate en torno a las encuestas suele enfrentar dos posiciones: son un instrumento perverso o permiten a los electores informarse acerca de lo que piensan los demás, ayudándoles a tomar decisiones sobre su voto. Este debate se repite en cada elección, y sus resultados suelen plasmarse en alguna nueva reforma para regular mejor, menos o de otra manera las encuestas. Por lo pronto, ya hay una elección en marcha y hay un marco legal que nos regula. Lo que la industria de las encuestas espera de la autoridad electoral es certidumbre, transparencia y trato igualitario en términos de rigor. Si no, ¿para qué regulamos las encuestas? 

 

 

 

 

 

[1] GEA-ISA y DEFOE-SPIN son las únicas empresas que tienen cuestionarios de más de setenta reactivos y entregaron el cuestionario completo para que se publicara.

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Politólogo apasionado, creyente de la metodología por encuestas. Director General de la firma de opinión pública Defoe


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