Rafael Correa rompe ejemplares del diario El Universo.

El honor del déspota

El caso de Correa es parte de una discusión que en México viene dándose en relación al conflicto entre derechos como la libertad de expresión frente al derecho al honor.
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“Dictador”, le llamó Emilio Palacio, editor de Opinión del diario El Universo, al presidente Rafael Correa. “Dictadura” le llamó a su gobierno, al cual acusó de mentir y de realizar un montaje el 30 de septiembre de 2010 para simular un intento golpista de la oposición cuando en realidad aquello había sido una provocación del propio presidente a un grupo de inconformes, afectados por una decisión que eliminaba algunos beneficios económicos.

Correa inició una persecución judicial contra El Universo por la columna del periodista. Pidió 3 años de prisión para Palacio y tres directivos del diario, además de una compensación de 80 millones de dólares por el daño a su honor. La sentencia contra los periodistas, que según la organización Fundamedios fue redactada por los abogados del presidente, solo le concedió a este una reparación de 40 millones.

Según Correa, “el objetivo no era meter preso a nadie ni recibir 20 centavos”, sino “que brillara la verdad”. Así, el 27 de febrero de 2012, a unos días de ratificada la sentencia, anunció que otorgaría su “perdón” a los periodistas, “concediéndoles la remisión de las condenas que merecidamente recibieron”.

El gobierno de Ecuador mantiene dentro de su legislación vigente la pena de cárcel para quien use expresiones en descrédito, deshonra o menosprecio de los funcionarios públicos, sin importar que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) considere que esta amenaza permanente sobre medios y ciudadanos es en realidad “un medio de censura indirecta dado su efecto amedrentador e inhibidor del debate sobre asuntos de interés público”.

De ahí que Rafael Correa haya recurrido a dos estrategias. La primera, descalificar la labor que realizan la CIDH y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión en el continente. La segunda, publicitar una encuesta en la que una “abrumadora mayoría” apoyó su decisión de otorgarle el perdón a los periodistas críticos y al mismo tiempo mostró a una unánime aprobación a su mandato (estudios de opinión menos entusiastas indican que una de cada dos personas en Ecuador piensan que en el país no existe libertad de expresión).

El mandatario ha mostrado su perfil autoritario en este tema. Lejos de enfrentar los dichos del columnista que lo acusa de haber ordenado disparar contra un hospital lleno de civiles e inocentes, convirtió a los directivos del medio en corresponsables del supuesto delito, pues bajo su óptica, consentir la publicación del artículo los hace cómplices de “injurias calumniosas”.

Correa no solo cimienta su demanda en normas legales anteriores al año 1900; de acuerdo con sus abogados el llevar a los directivos de El Universo ante los tribunales obedece a que “hasta ahora ”no se puede enviar a la cárcel a El Universo completo.

El caso de Correa es parte de una discusión que en México viene dándose en relación alconflicto entre derechos como la libertad de expresión frente al derecho al honor. En este debate ha logrado establecerse que la información de “interés público” no solo está determinada por los temas, sino también por las personas a las que la información alude, es decir, los “personajes públicos”.

En nuestro país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha advertido que pocas cosas están relacionadas de manera tan íntima con las libertades de expresión e información como el discurso político, en el entendido de que el control ciudadano sobre quienes ocupan o han ocupado cargos públicos favorece la transparencia y fomenta la responsabilidad de quienes desempeñan una función pública.

En ese sentido, la definición de quién es un “personaje público ” puede ser debatible, pero no es en absoluto arbitraria. El interés en las actividades de las personas suele venir de su notoriedad social, cultural, artística, deportiva o política. Aun concediendo que todas las personas tienen derecho a gozar de un espacio reservado de la mirada de los demás, en el que nadie pueda inmiscuirse sin su expreso consentimiento, la figura pública no deja de poseer una injerencia o influencia que genera un interés legítimo en la vida comunitaria.

El Sistema Interamericano ha sido insistente en que la protección a la reputación debe estar garantizada solo a través de sanciones civiles a los excesos cometidos en el ejercicio de la libertad de expresión, pero sobre todo, en que los funcionarios públicos y los actores políticos en general deben estar sujetos a un mayor nivel de escrutinio y de crítica en función de la calidad pública de su cargo.

En países como Ecuador  y Venezuela, la criminalización de la libertad de expresión avanza de manera peligrosa, en particular contra la información que sus gobiernos consideren que afecta los intereses del Estado. El ejercicio despótico del poder ha llegado a tal grado que en Venezuela, por ejemplo, se iniciaron procedimientos sancionatorios contra medios que en 2009 evidenciaron la falta de información oficial sobre un terremoto, acusándolos de usar “discurso de odio” con “fines desestabilizadores”. La práctica seguía siendo vigente en 2011, cuando se sancionó a Globovisión por reportar disturbios fuera de un centro penitenciario, lo cual según la autoridad tenía como fin fomentar la zozobra en la ciudadanía y, más aún, cuando se decidió proceder penalmente contra los periodistas del semanario Sexto Poder y prohibir su publicación por lo que se consideró una instigación al odio contra funcionarias de la administración Chávez.

En el régimen de Correa, la libertad de expresión llega hasta donde el déspota se sienta lastimado en su honor, caso en el cual cualquiera puede terminar en un calabozo.

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Periodista. Autor de Los voceros del fin del mundo (Libros de la Araucaria).


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