Prisión preventiva oficiosa a la mesa

La prisión preventiva oficiosa ha tenido efectos devastadores para la seguridad pública en México.
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Entrada: detención

Son casi las nueve de la noche de un jueves y vas caminando hacia la tiendita que queda cerca de tu casa. Fue un día pesado en el trabajo y se te antojó una cerveza. Llevas puesto tu cubrebocas, unos tenis, pantalones de mezclilla y una vieja sudadera roja, de esas que tienen una bolsa grande para guardar las manos y una capucha detrás. Sin detenerte, revisas las bolsas del pantalón para asegurarte de que llevas dinero suficiente. Alguien pasa corriendo y golpea tu codo. Billetes y monedas caen al piso. Le gritas al responsable pero no voltea. Tan pronto como terminas de levantar el último peso, una patrulla se detiene al lado de ti. Te meten a la fuerza al vehículo. Ahí te explican que recién acaban de asaltar una casa de la colonia. La empleada del hogar, aún muy alterada, aseguró que era imposible saber si era una mujer o un hombre, pero que se trataba de alguien de estatura media, que vestía una sudadera roja, jeans holgados y calzado deportivo. Justo igual que tú. La testigo solo mencionó que un pedazo de tela cubría prácticamente toda la cara del ladrón. Ante tus desesperadas aclaraciones, la policía te dice que da lo mismo lo que les digas, te vieron correr y te persiguen desde hace cinco cuadras.

Segundo tiempo: puesta a disposición

Media hora después ya estás en la agencia del ministerio público. No entiendes nada. Te tienen esperando de pie, con las manos esposadas y viendo hacia la pared. Todo lo que llevabas contigo ahora son indicios en resguardo. Pasan un par de horas, quizá más. Finalmente, el policía entrega al fiscal en turno un informe que terminó de llenar unos minutos antes. Conversan. El fiscal le confirma que tiene todo lo que necesita para ratificar la detención: evidencia de que un delito se cometió, una persona sospechosa detenida en plena huida y la identificación ocular de la denunciante. Es un caso fácil que hará quedar bien a todos los involucrados. Te internarán uno o dos días en una de las celdas improvisadas de la agencia llenas de humedad, goteras y olor a drenaje. Entre el bullicio escuchas que, a partir de ese momento, corren las 48 horas que tiene el fiscal para armar el argumento con el que convencerá al juez de iniciar un proceso penal en tu contra.

Plato fuerte: prisión preventiva oficiosa

Llegan el día y la hora de tu audiencia. El juez aparece. Lee mecánicamente una lista de derechos, te explica lo que va a pasar a continuación y te pregunta si entendiste. Lo que está sucediendo a tu alrededor te confunde e intimida, así que respondes que sí, aunque no sea cierto. Como no tienes abogado particular, el juez te asigna en ese momento un defensor público. ¿Cómo podrá defenderte alguien que acabas de conocer? El licenciado Juárez, defensor público, se sienta a tu lado; se ve tan aturdido y desorientado como tú. Te dice que todo va a estar bien, que tiene experiencia. Creerle parece imposible.

El juez le da la palabra al fiscal. Te concentras para poner atención. El fiscal repite la versión de los hechos que ya te había adelantado la policía el día de tu arresto, pero hay información que no habías escuchado antes. El fiscal añade que la empleada doméstica, denunciante y testigo en tu caso, aseguró haberte reconocido pues, con mucha frecuencia, te ha visto pasar por la casa en la que trabaja. Es evidente, dice la parte acusadora, que esas iteraciones indican trabajo de “inteligencia criminal”. Volteas a ver a tu defensor, él no se inmuta. No sabe que la casa robada está en tu trayecto al trabajo, al pan, a las tortillas, a la lavandería, al supermercado. La vivienda en cuestión está en la calle por la que caminas todos los días por lo menos una vez, de ida y vuelta. El fiscal, con tono solemne, te imputa haber cometido un robo a casa habitación. El juez pregunta si la defensa tiene algo que decir. Juárez no solo no reacciona a ese estímulo, te dice en voz baja que es mejor no pelear en ese momento. Entonces el juez te pregunta si quieres 72 horas para defenderte. Si decides no tomar esas horas, él decidirá en ese mismo momento sobre la validez de la imputación. Lo piensas por unos minutos. Juárez balbucea cosas que no entiendes. Resuelves que no tiene ningún caso alargar esta agonía. Quieres saber qué pasará contigo.

Entre las cosas que el defensor debió advertirte –pero omitió– está el nada minúsculo detalle de que el poder legislativo acaba de incluir el robo a casa habitación al infame catálogo de delitos de “prisión preventiva oficiosa”. Días antes de esta pesadilla, escuchaste a tu papá aplaudir la ampliación de delitos para los que esa medida se receta de manera automática: “ya no se nos van a escapar los delincuentes por tecnicismos insignificantes”. Pero ni en ese momento, ni mucho menos ahora, sabes qué es la prisión preventiva ni qué implica ese adjetivo que le confiere oficiosidad.

Te habría sido útil saber que la prisión preventiva es una precaución que se usa para asegurar que una persona señalada como responsable de cometer un delito no se escapará y estará presente en su proceso penal. Entre que son peras o son manzanas, ¿te vas a la cárcel aunque las autoridades aún no tengan idea de si cometiste el delito o no? Exacto.

Por supuesto, existen otras formas menos drásticas de asegurar que una persona se presente a sus audiencias. La prisión preventiva y todas las otras medidas cautelares se ordenan después de un análisis de riesgos: ¿huirás del país o podrán juzgarte sin temor a que no te presentes a audiencia? A Emilio Lozoya le dieron un brazalete electrónico, por ejemplo, y los abogados de Elba Esther Gordillo le consiguieron un arraigo domiciliario. La cosa es que, cuando un delito se suma a la lista de prisión preventiva oficiosa, la discusión sobre si hay un riesgo real de que te escapes no ocurre. Basta con que se valore que exista una posibilidad de que hayas cometido el delito para que se te envíe automáticamente a prisión. Ese es tu caso.

Ya en la parte final de tu audiencia, el juez anuncia que la fiscalía tendrá seis meses para completar su investigación y después deberá formular su acusación. Esta es la parte que más trabajo te cuesta entender: ¿por qué necesitarían tanto tiempo de investigación para luego acusarte de cometer un delito por el que ya llevarás medio año en la cárcel?

Postre: acusación

Llevas dos meses en el penal de San Mateo. Tus padres vendieron tu coche y todo lo que encontraron de valor en tu casa para contratarte un abogado privado. Meses antes, ambos perdieron su empleo por culpa de la pandemia. El nuevo abogado te dice que sucedió algo que podría jugar a tu favor. La casa por la que te acusaron había sido robada nuevamente. Esta vez señalaron a Rosa, la empleada doméstica que fue testigo y denunciante en tu proceso. Era demasiada casualidad que robaran la misma vivienda dos veces, que supieran perfectamente dónde había artículos de valor, o cuándo entrar para que los dueños no estuvieran presentes. Si la acusan a ella por los dos robos, explica tu abogado, tendrán que dejarte en libertad. Te suena demasiado fácil para ser verdad.

Medio año después llega el día de tu audiencia intermedia, cuando por fin la fiscalía te acusará. Tras algunas formalidades, el fiscal empieza a desarrollar su teoría del caso. Por algunos segundos, sientes un alivio enorme cuando escuchas al fiscal mencionar el nombre de Rosa. Quizá se aclarará todo. Pero la hipótesis que presenta la parte acusadora plantea un escenario aún más complicado: Rosa y tú forman parte de una banda de delincuentes dedicada al robo de casa habitación que opera en la delegación Miguel Hidalgo. Al día siguiente, la jefa de Gobierno presume la desarticulación de una de las organizaciones criminales más peligrosas de la ciudad.

Sobremesa: impunidad

La figura mexicana de la prisión preventiva oficiosa ha tenido efectos devastadores para la seguridad pública en el país. Atrás de ese invento hay dos falacias principales: primero, que los jueces corruptos dejan libres a los delincuentes en cuanto tienen oportunidad y, segundo, que es mejor encarcelar a los “delincuentes”, aunque sea por unos meses, en vez de que sigan cometiendo delitos con toda libertad. La conclusión es que, mientras más delitos ingresen en la lista de prisión preventiva oficiosa, menos margen de actuación tendrán los jueces y, por lo tanto, más delincuentes se quedarán inhabilitados en la cárcel. Pocas cosas podrían estar más alejadas de la realidad.

Mientras más baja esté la vara para que un fiscal logre enviar a prisión a una persona acusada de un delito, el imperativo de realizar una investigación objetiva y seria se vuelve un costo innecesario. Si la investigación es de mala calidad o de plano nula pero suficiente para vincular a una persona a proceso, la probabilidad de que muchas más personas inocentes terminen en la cárcel aumenta. Y, por si no fuera suficiente, hay otra consecuencia igual de grave y evidente: si las fiscalías invierten su tiempo y recursos en armar carpetas con oficios y acusar a personas que no participaron en ningún delito, entonces van a pasar meses o años antes de que choquen con la realidad de que nadie nunca investigó a quienes sí los cometieron. Para entonces ya habrá sido demasiado tarde. La prisión preventiva oficiosa inhibe la profesionalización de la investigación criminal y perpetúa un sistema que encarcela, pero no disminuye la impunidad; más aún, la alimenta con personas inocentes. La ironía es brutal. ~

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es abogada por el CIDE y maestra en derecho por Harvard Law School. Desde 2018 es investigadora senior de World Justice Project.


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