Actualmente existen sofisticados estándares internacionales que regulan las responsabilidades y obligaciones de los Estados cuando producen y exportan bienes, servicios o ideas. Irónicamente, la normativa que fomenta el crecimiento e intercambio entre las naciones palidece en comparación con las regulaciones erráticas que apenas vislumbran el destino y uso de un tipo de productos que, de hecho, son una amenaza para estos mismos estados y para la paz internacional.
El comercio mundial de armas representa anualmente un mercado de alrededor de 50 mil millones de dólares. Buques y helicópteros artillados, misiles y por supuesto armas ligeras y sus municiones son exportados año con año por más de 50 naciones. Debido al laxo entramado legal que regula su comercio y exportación estos mismos armamentos reaparecen en focos de conflicto sin posibilidad de adjudicar responsabilidad alguna.
El AK47, por ejemplo, sobresale como el arma emblemática del siglo XX. Resistente a todo clima y fácil de usar y reparar, es el arma dilecta en confrontaciones armadas de toda especie y de grupos terroristas y organizaciones criminales. Alrededor de 50 millones de kalashnikovs, producidos por más de 10 países, existen en el mundo. Su vida útil puede exceder los 30 años. En Afganistán, los integrantes del talibán cuentan entre su arsenal rifles Lee-Einfield, armamento contemporáneo a la época del “gran juego” centroasiático que Rudyard Kipling describiera en Kim.
Ante la enorme disponibilidad y duración de tan letales herramientas fomentar una legislación internacional que regule su comercio legal e inhiba o al menos dificulte el tráfico ilegal es en verdad un imperativo ético.
Las regulaciones actuales son tan deficientes que permiten, por dar un solo ejemplo, que el armamento disponible hoy en día en Somalia sea mayor y más sofisticado que en 1992, año en que se implementó un embargo de armas a ese país. Las reexportaciones sin monitoreo contribuyen además a facilitar el tráfico ilegal, y ejemplos de las consecuencias nefastas de este flagelo, al que México no es ajeno, están a la vista de todos en los cinco continentes.
Desde 2006, Naciones Unidas comenzó los trabajos conducentes a la posibilidad de un tratado internacional que regule el comercio de armas. Tras un arduo esfuerzo de negociación multilateral, finalmente a principios de este mes y hasta el día 27 de julio, misiones diplomáticas de todos los países debatirán en Nueva York el espíritu y la letra de tal documento.
En esencia, el tratado no busca inhibir la capacidad soberana de los estados para fabricar y exportar armamento, pero si pretende establecer normas comunes por medio de las que este comercio sea más transparente, predecible y asigne responsabilidades definidas para los países en contravención del acuerdo.
El documento persigue la instauración de una “regla de oro” por medio de la que los países firmantes se obligarían a evaluar el comportamiento del país importador antes de consumar la venta o la transferencia de armamento. La evaluación de este comportamiento no es subjetiva en modo alguno, y se basaría en normas internacionales como la Carta de Naciones Unidas y el corpus de tratados que conforman el Derecho Internacional Humanitario.
Lo anterior sería un avance mayúsculo si se toma en cuenta la situación imperante en Siria, o por mencionar un caso paradigmático, en Bahrein, país al que Inglaterra ha otorgado 97 licencias para importar armas a pesar de que lleva a cabo una discreta y sistemática represión armada de grupos opositores.
El tratado establecería además un banco de datos sobre el armamento comerciado desde el país de origen hasta su destino incluyendo cualquier territorio de tránsito. Esta medida es fundamental para evitar la reexportación de armas, un área de vacío legal que permitió a Viktor Bout, quizá el más conocido traficante de armas aunque no el único, nutrir de armamento, fabricado por las mismas naciones que pretendían resolver los conflictos, a guerras en Asia y África por casi dos décadas.
Finalmente, el tratado obligaría a los Estados a adaptar sus legislaciones para estar en plena capacidad de monitorear e intercambiar información sobre las exportaciones e importaciones de todas las entidades públicas y privadas bajo su jurisdicción que manufacturen, o concedan permisos para que países terceros produzcan sus diseños.
Si bien la negociación del documento no será sencilla por múltiples razones, desde el interés de algunos países por mantener su ventaja comparativa en el mercado –menos preguntas, más ventas– o consideraciones de orden domestico (i.e. la Segunda Enmienda en Estados Unidos), es innegable que este es un paso definitivo en la dirección correcta.
Hace algunos años, a la pregunta expresa de si lamentaba haber diseñado el arma más usada en el mundo, Mikhail Kalashnikov respondió que no recaía en su persona asumir ninguna responsabilidad por el uso que se le diera al fusil, y que eran los gobiernos quienes debían responder por su producción y exportación. La postura anterior es de alguna manera variante del argumento esgrimido por los defensores tenaces de la venta y posesión irrestricta de armas de fuego: las armas no se disparan por sí mismas.
Pero el comercio y el tráfico persisten, y las armas siguen hiriendo, lisiando y matando personas. La ausencia de un marco común que asigne obligaciones y responsabilidades obstaculiza la persecución y monitoreo de acciones que por mero sentido común son punibles. Modificar este lamentable paradigma es precisamente la tarea de la conferencia de Naciones Unidas sobre el Tratado de Comercio de Armas.
Es escritor. Reside actualmente en Sídney