Cerdos, crimen y castigo

¿Los animales delinquen? Aparentemente sí. El libro de E.P. Evans está lleno de detalles sobre crímenes y juicios animales.
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Según Brick Top, el mafioso de Snatch, un cerdo hambriento puede comer un kilo de carne cruda por minuto. De ahí la expresión "greedy as a pig".  No tengo idea si el dato es correcto (la FAO solo dice que los cerdos comen entre 1.5 y 3 kg por día, pero no precisan a qué velocidad lo hacen) pero después de leer lo que le sucedió al Sr. Garner, un granjero de Oregón, me inclinaría a creerle al señor Top.

Aparte del escabroso detalle de la dentadura, las notas que cubrieron el accidente dicen que el departamento del sheriff está investigando la muerte. Paul Frasier, fiscal del distrito, declaró que “debido a las inusuales circunstancias, están investigando si existió alguna irregularidad que pudiera haber causado la muerte de Sr. Garner”.

Pero, ¿qué hay que investigar? Es claro que se cometió un crimen, se tienen identificados a los culpables y se sabe, gracias al Explainer de Slate, que muy probablemente el crimen fue deliberado. Hasta hoy, lo único que se desconoce es el móvil.  ¿Cómo debe procederse con los culpables?

Si estuviéramos a mediados del siglo XV el procedimiento a seguir sería clarísimo y, como describe E.P. Evans en The Criminal Prosecution and Capital Punishment of Animals (1906), nos guiaríamos por las “Decisiones del parlamento de Grenoble” que Guy Pape decretó: Si animal brutuvi delinquat, an debeat mori? Dico quod sic. Es decir que si las bestias cometen un crimen, estas deben ser enjuiciadas, sentenciadas y ejecutadas.

Si el señor Garner hubiera sufrido ese "horrífico accidente" en el siglo XVI, Jean Duret, el médico de Carlos IX y Enrique III, atajaría rápidamente la cuestión: "Si las bestias no solo hieren, sino que matan y se comen a una persona, el animal debe pagar con su vida, ser colgado y estrangulado, con el fin de borrar la memoria de la enormidad de su fechoría". Jodocus Damhouder, el influyente jurista holandés del siglo XVI quien al parecer plagió los compendios legales que le dieron fortuna,  afirmaba que los crímenes de una bestia eran punibles si los había cometido por "malicia natural"  y no por la instigación de los demás.

Para el siglo XIX, la cosa no habría cambiado mucho. Karl von Amira[1], un lingüista alemán citado también por E.P. Evans, documenta que en 1864 en Pleternica, Eslovania, una cerda fue juzgada y ejecutada por haber mordido "maliciosamente" las orejas de una niña de un año de edad. El animal fue condenado a muerte, su carne cortada en pedazos y arrojada a los perros, y su dueño fue obligado a pagar una multa equivalente a una dote nupcial (para cuando la niña sin orejas estuviera en edad casadera). 

A lo largo de libro de Evans, lleno de detalles sobre crímenes y juicios animales, se cuenta el largo aguardo que en ocasiones tenían que vivir los presuntos (cerdos) culpables antes de ser enjuiciados.  Mientras esperaban, los cerdos eran encarcelados en las mismas prisiones que los hombres y el carcelero reportaba los mismos gastos de manutención y transporte por cualquier tipo de prisionero (hombre o animal). Las penas decretadas a los cerdos que resultaban culpables se guiaban por un principio de justicia retributiva: "ojo por ojo, mano por pezuña". Aunque solía haber crímenes con agravantes, como el cometido por una cerda en 1394: el animal mató a un niño en la parroquia de Roumaygne, en el condado de Mortaing y además se comió una hostia bendecida.  Por tales ofensas el cerdo fue arrastrado por la plaza pública y después ahorcado. La ejecución la llevó a cabo el verdugo del lugar.

Pero volvamos con los presuntos (cerdos) culpables del Sr. Garner.  Es obvio que no habrá persecución criminal en contra de ellos, no serán sentenciados a morir en la horca ni serán llevados a la hoguera. Pero, si en lugar de todas esas torturas hubieran de redimirse convirtiéndose en un plato de carnitas, ¿no sería mejor por lo menos enjuiciarlos?

Aquí puede verse una lista cronológica (del libro de E.P. Evans) de excomuniones y juicios de animales entre el año 800  y 1900.

 


[1]Karl von Amira hablaba de dos tribunales distintos para juzgar a los animales. Uno era el tribunal secular en donde eran juzgados los animales domésticos: cerdos, vacas, caballo, gatos, perros, gallos, etc.  Estos animales podían ser arrestados, llamados a comparecer ante un tribunal, juzgados, condenados y ejecutados, al igual que cualquier otro miembro de su familia. La complejidad de llevar a comparecer a, por ejemplo, una plaga de langostas, dio razón de ser a los tribunales eclesiásticos,  en donde se emprendían juicios multitudinarios en contra de ratas, ratones, langostas, termitas, cochinillas, gorgojos y otros insectos con el fin de evitar que arrasaran con casas y cultivos. Los castigos a estos animales iban desde las bendiciones con agua bendita, pasando por las excomulgaciones y las maldiciones.

 

 

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Es politóloga, periodista y editora. Todas las opiniones son a título personal.


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