Jorge Antonio Muñoz Figueroa

AÑADIR A FAVORITOS
ClosePlease loginn

Sr. Jorge Antonio Muñoz Figueroa

Presente.

El 27 de septiembre llegó a la página web de Letras Libres un comentario sobre la entrada “Saldos del tema UNAM (4)” que publiqué ahí. El comentario dice:

Comentario de: Antonio [Visitante]

Han sido interesantes e ilustrativos todos los comentarios que se han expresado sobre el tema. Resulta necesario y urgente reflexionar, pero sobre todo actuar al respecto, sin duda, pues no podemos permitir este tipo de acciones que se han enlistado en todos estos foros. Igualmente, sería interesante la autocrítica: el señor Sheridan, que tiene (o tenía, si ya se modificó la situación) un cubículo en el Instituto de Investigaciones Filológicas, que nunca está, que no publica, que no investiga, y que con todas las de la ley es reconocido como “aviador”, está muy enterado de los sueldos y categorías cuando se decidió que no se le renovaban los estímulos por la sencilla razón de que NO justificaba esos ingresos. No sé qué tanto pueda influir el asunto en toda esta serie de textos, interesantes insisto, donde se nos invita a la reflexión. Saludos cordiales.

Fue enviado desde la dirección electrónica neje75@hotmail.com que aparece registrada a nombre de usted, como consta en la página web del Centro de Estudios Para Extranjeros (CEPE) de la UNAM, de cuyo Departamento de Literatura es usted jefe, con los cuatro nombres que tiene usted.

La firma de su comentario, en cambio, sólo anota uno de ellos. Lo hace por razones muy sencillas: porque sabe que miente, porque sabe que calumnia y, sobre todo, porque es usted un cobarde. Ignoro quién es usted y desconozco el motivo de su sevicia (que tampoco me importa), pero que sea usted funcionario de la UNAM me obliga a defenderme.

Usted me ha acusado públicamente, de no trabajar, de no publicar, de no investigar y sostiene “con todas las de la ley” que soy “reconocido como aviador”, es decir que recibo un sueldo sin trabajar para ella. Me acusa usted, pues, de cometer fraude en perjuicio de la UNAM y de faltar a las obligaciones que me señalan los artículos 56, 60, 61 y 62 del Estatuto del Personal Académico de la UNAM.

Rechazo sus acusaciones. También las rechaza la UNAM, toda vez que mis proyectos e informes de trabajo han sido aceptados sin ningún tipo de reserva por las comisiones e instancias encargadas de evaluarlos y, en su caso, aprobarlos, lo mismo que las comisiones de estímulos.

Así las cosas, lo acuso a usted, Sr. Muñoz Figueroa, de haberme calumniado. Podría dejarlo ahí, pero como es usted funcionario de la UNAM, considero que sus calumnias me causan daño moral, un ilícito tipificado por el Código Civil Federal (art. 1916) que considera que lo comete

I. El que comunique a una o más personas la imputación que se hace a otra persona física o moral, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio, o exponerlo al desprecio de alguien.

II. El que impute a otro un hecho determinado y calificado como delito por la ley, si este hecho es falso, o es inocente la persona a quien se imputa;

III. El que presente denuncias o querellas calumniosas, entendiéndose por tales aquellas en que su autor imputa un delito a persona determinada, sabiendo que ésta es inocente o que aquél no se ha cometido, y

IV. Al que ofenda el honor, ataque la vida privada o la imagen propia de una persona.

Así las cosas, habré de acudir ante un juez del fuero civil a reclamar la “reparación del daño moral” que usted me ha causado. El juez, luego de conocer el caso, podrá ordenar “la obligación de la rectificación o respuesta de la información difundida en el mismo medio donde fue publicada y con el mismo espacio y la misma circulación o audiencia a que fue dirigida la información original”, como señala el mismo artículo 1916.

Pero también habré de acusarlo a usted ante el Tribunal Universitario de la UNAM, toda vez que el artículo 95-II de su Estatuto General considera que es causa especialmente grave de responsabilidad “la hostilidad por razones de ideología o personales, manifestada por actos concretos, contra cualquier universitario o grupo de universitarios”.

Y como el comentario de usted es un “acto concreto” de hostilidad contra un universitario y aun contra la UNAM (pues la acusa de complicidad), creo que dicho Tribunal se interesará en el asunto, sobre todo por tratarse de un funcionario a su servicio.

Ahora bien, de usted depende que nada de esto suceda: bastará con que envíe al mismo medio que publicó su calumnia una rectificación en la que reconocerá que sus afirmaciones carecen de fundamento y son calumniosas. Tiene usted, claro, la alternativa de reiterar sus acusaciones y después probarlas ante las instancias señaladas.

Así pues, Sr. Muñoz Figueroa, le concedo hasta el viernes 15 de octubre del año en curso para que envíe esa rectificación. Deberá firmarla con su nombre completo (aunque le cueste trabajo) y anotar en ella su cargo.

De no hacerlo, presentaré querella en su contra.

Guillermo Sheridan

Instituto de Investigaciones Filológicas,

UNAM.


    ×  

    Selecciona el país o región donde quieres recibir tu revista: