Las mujeres en el Congreso

Durante los últimos veinte años las mujeres han logrado incrementar notablemente su presencia y participación en los espacios de toma de decisiones y representación política en México.
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México fue uno de los últimos países latinoamericanos en reconocer el derecho de las mujeres para votar en elecciones nacionales (1953),[1] y para 1991 menos del 10% de los  miembros del Congreso de la Unión eran mujeres. Sin embargo, la participación de las mujeres en la política nacional ha experimentado una rápida transformación desde entonces. A pesar de que este proceso no ha tenido el mismo ritmo y magnitud en todos los órdenes de gobierno, y de que incluso ha sido revertido temporalmente por algunos burdos episodios como el de las diputadas Juanitas en 2009, durante los últimos veinte años las mujeres han logrado incrementar notablemente su presencia y participación en los espacios de toma de decisiones y representación política en México.

Uno de los ejemplos mas elocuentes de este proceso en el ámbito federal es el Congreso. Como la gráfica 1 ilustra, el porcentaje de escaños legislativos obtenidos por mujeres en la Cámara de Diputados (línea azul) y el Senado (línea roja) ha crecido de forma casi continua entre 1991 y 2012.[2] Mientras que en la cámara baja esta cifra pasó de 8.4% en 1991 a 36.8% en 2012, en la cámara alta el cambio fue de 4.7% en 1991 a 32.8% en 2012. Puesto de otra forma, en las últimas dos décadas el porcentaje de legisladoras creció 338% y 598% en la Cámara de Diputados y el Senado, respectivamente.

Si bien durante los años noventa la presencia legislativa de las mujeres creció a un ritmo relativamente similar en ambas cámaras, durante la siguiente década –la primera después de que se concretara la transición democrática en 2000– las mujeres lograron ampliar su participación a un ritmo significativamente más acelerado en la Cámara de Diputados que en el Senado. De acuerdo con la gráfica 1, el porcentaje de curules ganados por mujeres en la cámara baja aumentó 41.3% entre 2000 y 2006 (pasó de 16% a 22.6%). En contraste, en el Senado el incremento fue de tan solo 10.3% en el mismo período (de 15.6% a 17.2%). Esta diferencia se amplió aún más después de las elecciones de 2009 y no fue sino hasta las elecciones de 2012 que el porcentaje de escaños ganados por mujeres en ambas cámaras vuelve a convergir: 36.8% y 32.8%.  

Vale la pena destacar que aun cuando el porcentaje de legisladoras tuvo un importante aumento en 1994, los incrementos más significativos desde entonces (por ejemplo 2003, 2009 y 2012) ocurrieron justo después de la introducción de las cuotas de género para candidaturas legislativas en 2002, así como su posterior ampliación y fortalecimiento en 2007.[3] En el primer caso el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) fue reformado para establecer que al menos el 30% de los candidatos propietarios[4] postulados por un partido político para diputados y senadores sean de un mismo género. Cinco años después el Cofipe fue modificado nuevamente para incrementar esa cuota a 40%,[5] así como para establecer sanciones específicas –incluyendo el perder el derecho a registrar a los candidatos correspondientes– en caso de que un partido o coalición incumpla con este requisito.

La gráfica 1 sugiere que si bien la reforma de 2002 parece haber aumentado la representación femenina en mayor medida en la cámara baja, después de la reforma de 2007 el porcentaje de escaños ganados por mujeres creció significativamente en ambas cámaras.[6] El incremento en las elecciones del año pasado parece haber sido influido también por la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobre el caso de las legisladoras Juanitas y los criterios aprobados por el IFE para registrar candidatos de cara a la elección federal de 2012. El 30 de noviembre de 2011 el TEPJF dictaminó que las cuotas de género establecidas en la ley electoral aplican a todas las candidaturas de diputados y senadores de mayoría relativa, sin importar el método utilizado para seleccionarlos. Además, el Tribunal estableció que las cuotas de género aplican tanto para el candidato propietario como para el suplente de cada fórmula de candidatos. Es decir, en al menos 40% de las fórmulas de candidatos para diputados y senadores los candidatos propietarios y suplentes deben ser mujeres. Este fue el criterio seguido en las elecciones federales de 2012 y actualmente el Congreso discute al menos una iniciativa para plasmar esta decisión judicial en la ley electoral.

Para entender la magnitud del cambio experimentado en México en las dos últimas décadas es útil poner la situación de nuestro país en términos comparados. La gráfica 2 presenta el porcentaje de asientos obtenidos por mujeres en la cámara baja o única de los 35 países americanos.[7] De acuerdo con estos datos, México es el quinto país de América con el mayor porcentaje de representantes femeninas, muy por encima de países con una tradición democrática más antigua, tales como Canadá (24.7%), Estados Unidos (18%), Chile (14.2%) y Uruguay (12.1%).

 

Puesto en términos aún más generales, si comparamos el porcentaje de curules ganados por mujeres en la cámara baja de nuestro país con respecto a las cifras de los otros 189 países incluidos en la base de Parline, México ocupa la posición 19 a nivel mundial. En 2006 nuestro país ocupaba la posición 38. Más aún, el porcentaje de mujeres que fueron electas como representantes para la cámara baja mexicana en 2012 (36.8%) es tan solo 1.9%, 2.3% y 2.9% menor que el de Holanda (38.7%), Dinamarca (39.1%) y Noruega (39.7%), respectivamente, todos países que han impulsado la equidad de género en sus sistemas político desde hace muchos años.

En suma, si bien es cierto que la paridad de género en el Congreso sigue estando lejos de ser perfecta, y que aún falta mucho por hacer para mejorar la situación de las mujeres en la política mexicana (particularmente en los estados y municipios), México es uno de los países de América y el mundo con el mayor porcentaje de mujeres en puestos legislativos en el ámbito nacional.

 

 

A propósito de este post, hoy se estrena Las Sufragistas, una película sobre la lucha de las mujeres por el poder político.



[1]Dieciseis años antes, en 1937, Lázaro Cárdenas propuso al Congreso de la Unión una reforma constitucional que homologaba los derechos políticos de las mujeres a los de los hombres. Aunque la reforma fue aprobada en 1938, Cárdenas decidió no publicarla en el Diario Oficial y las modificaciones constitucionales nunca entraron en vigor.

[2]Parline, la principal fuente de información utilizada para este estudio (consultada el 11 de febrero de 2013), no especifica si los porcentajes de mujeres que ganaron una curul en la cámara alta o baja se mantuvieron en su puesto durante todo el período que les correspondía, o renunciaron poco después de tomar protesta para cederle su lugar a un hombre. Sin embargo, al comparar estas cifras con las de Anna María Fernández Poncela, una especialista en el tema, los datos son muy similares

[3]Para conocer diversos estudios comparados sobre el efecto de las cuotas de género en la representación política de la mujer ver Caul (1999) y Schwindt-Bayer (2009).

[4]Cada candidatura a diputado federal y senador, sin importar si es de mayoría relativa o representación proporcional, está compuesta por una formula que incluye a un candidato propietario y un suplente.

[5]En principio, esta norma aplica tanto para las candidaturas de mayoría relativa como las de representación proporcional. Sin embargo, como ha señalado ya Javier Aparicio, la ley contempla una excepción. El total de candidaturas de mayoría relativa presentadas por un partido ante el IFE puede no cumplir con la cuota de género si esto es resultado de que una o más de las fórmulas de candidatos fueron determinadas mediante un procedimiento de “elección democrático, conforme a los estatutos de cada partido”. Como menciono más adelante, el Tribunal Electoral acotó esta excepción recientemente.

[6]La reforma de 2002 cambio las reglas de selección de candidatos para las elecciones de diputados federales de 2003 y 2006, así como las de senadores de 2006. Asimismo, la reforma de 2008 modificó las reglas de selección de candidatos para las elecciones de diputados federales de 2009 y 2012, y las elecciones de senadores de 2012. 

[7]Datos obtenidos de Parline. Consultado el 11 de febrero de 2013.

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Politólogo. Catedrático CONACYT y Profesor-investigador del Laboratorio Nacional de Políticas Públicas (LNPP) en el CIDE.


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