El caso Alberto Rodríguez: una contribución a la duda

El diputado de Podemos ha sido inhabilitado por agredir a un policía hace ocho años. ¿No genera cierta inquietud que la declaración de la víctima sirva como única prueba de cargo? ¿No nos hace removernos incómodos en la silla que se ponga fin así a la carrera de un representante de los ciudadanos?
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En un país en el que la celebración de las sentencias judiciales depende en gran medida de las preferencias políticas de quien opina, quizá valga la pena ensayar una tribuna contra la tradición. Me distancian muchas cosas de Podemos y no profeso simpatía por nuestro gobierno de coalición. Soy una socialdemócrata liberal, de cuando llamarse socialdemócrata liberal era una redundancia. Temo que ya no. Sirva este disclaimer de chubasquero y vayamos al charco.

Esta semana, una sentencia del Tribunal Supremo ha puesto fin a la carrera política del diputado de Podemos Alberto Rodríguez. Los jueces consideran probado que el condenado propinó una patada en la rodilla a un policía durante una manifestación en enero de 2014. La patada le ocasionó un “enrojecimiento” del que el propio agente declaró que esa misma noche ya no quedaba rastro. La contusión tampoco fue un “impedimento para sus actividades habituales”. La perito que lo atendió no pudo hallar evidencias de la lesión en su reconocimiento, limitándose a apuntar que el agente “refirió dolor”.

En su declaración, el inspector jefe al mando del operativo policial admitió no haber visto al condenado en el lugar, a pesar de que Rodríguez, con sus dos metros de altura y sus largas rastas, es un tipo que difícilmente pasa inadvertido. Tampoco hay ningún vídeo donde puedan comprobarse los hechos relatados por la víctima. Sí hay unas imágenes que sitúan a Rodríguez en otra zona de la manifestación que discurrió sin incidentes violentos.

No pretendo usar nada de lo anterior para deslegitimar la sentencia, ni mucho menos para cuestionar el trabajo de los magistrados (dos de los siete, por cierto, emitieron un voto particular discrepante favorable a la absolución de Rodríguez). No vengan aquí a buscar dicterios contra nuestra justicia ni acusaciones de prevaricación contra nuestros jueces.

El Tribunal ha encontrado razones para dar por bueno el testimonio del agente, por la consistencia de su relato y porque no cree que lo mueva animadversión contra el ya expolítico: al fin y al cabo, Rodríguez todavía no era diputado cuando sucedió la agresión. Pero también alberga motivos para estimar que los hechos son de entidad menor, y sustituye la pena de 45 días de prisión por una sanción económica. Más gravosa ha sido en cambio la sanción política, que ha retirado a Rodríguez antes de lo que le gustaría.

Así que se puede defender que no ha habido irregularidades en el procedimiento contra Rodríguez y, al mismo tiempo, llamar la atención sobre una jurisprudencia cuya aplicación suscita algunas preguntas. ¿No genera cierta inquietud que la declaración de la víctima sirva, en situaciones como esta, como única prueba de cargo? ¿No nos hace removernos incómodos en la silla que se ponga fin así a la carrera de un representante de los ciudadanos? ¿Puede servir la inhabilitación, ocho años más tarde y en un caso resuelto con una multa, al propósito de reeducación y reinserción social que persigue nuestra Constitución? ¿Acaso no denota reinserción que un joven antisistema haya acabado integrado en las instituciones a través de los cauces de participación democrática? ¿Y no es un argumento de reeducación que Rodríguez despidiera a un rival conservador desde la tribuna del Congreso con las más altas palabras que encontró: “Es usted una buena persona y le pone calidad humana a este sitio”?

El propio Rodríguez reconoció entonces que nunca pensó que diría algo así en esa cámara, y “menos a un diputado del PP”. Pero solo por esa frase doy por bien empleado el escaño que los españoles le concedieron, y creo que debieran felicitarse todos los liberales que queden. Porque el tránsito por el Congreso se demostró, ante todo un ejercicio de pedagogía que le abrió los ojos y lo enfrentó a una verdad inesperada: también entre los adversarios políticos se cuentan personas buenas. ¡Hasta en los de derechas! Hay experiencias que ensanchan las instituciones y las hacen más robustas. Para las nuestras, fue más feliz el día que Rodríguez llegó al parlamento que el día en que lo cesaron.

Habrá quien se pregunte si es que acaso no creo la versión del policía. Pero responderé lo mismo que escribí cuando las manifestaciones del “Yo sí te creo”: que de esa consigna me sobran el sujeto y el verbo. Lo que yo crea es irrelevante, porque la justicia no puede sostenerse en actos de fe individuales, sino en hechos contrastados.

La semana pasada, en una entrevista con ocasión de la presentación de su nuevo libro, Arcadi Espada negaba que la verdad judicial pudiera ser cosa distinta de la verdad a secas. Y aunque me reconozco en su razonamiento, bien sabemos que no siempre se consigue reunir pruebas que esclarezcan un suceso, y que las sociedades garantistas preferimos correr el riesgo de que escape un culpable antes que condenar a un inocente: in dubio pro reo. Por eso la verdad judicial no es siempre la verdad sin apellidos, aunque nada hay deshonroso en ello: dudar no es renunciar a la verdad, sino tomarla más en serio. Y por eso también hay una discusión jurídica, incluso en el seno del Tribunal Supremo, sobre si era suficiente el testimonio de la víctima para desvirtuar el principio de presunción de inocencia en el caso Rodríguez.

Pero no hace falta cuestionar la justicia para atreverse a decir en voz alta que quizá debamos hacer una reflexión colectiva sobre si tiene sentido aplicar a un representante democrático condenado a una pena menor (tanto que los jueces la sustituyen por una multa) la máxima sanción política posible: la pérdida de su acta de diputado. Y de esa reflexión se deben colegir conclusiones universales y no un “yo sí te creo” usado a ideológica conveniencia.

En vez de felicitarnos cuando los partidos políticos llegan a un acuerdo para cumplir tarde y mal con su obligación constitucional de renovar el Poder Judicial, exijámosles acuerdos que sirvan mejor a la justicia. Que busquen, por ejemplo, mecanismos de proporción en la aplicación de las sanciones políticas accesorias, tal como hace el derecho con las sanciones penales. Porque, como dice mi amigo Nacho Prendes, “es curioso que sea más indulgente, o menos cainita, el derecho penal que la práctica política”. Pidamos a los grupos parlamentarios, en definitiva, que sienten reglas bajo las que quisiéramos que nos juzgaran a nosotros.

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Aurora Nacarino-Brabo (Madrid, 1987) ha trabajado como periodista, politóloga y editora. Es diputada del Partido Popular desde julio de 2023.


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